INVERSIONES COMERCIO -ÁLAVA

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Hasta el 11 de abril de 2022.

ORGANISMO

Diputación Foral de Álava

Se trata de una subvención a fondo perdido, para cubrir inversiones que mejoren la competitividad del comercio Alavés.

BENEFICIARIOS

  • Autónomos con un máximo de 8 empleados.
  • Sociedades civiles o Comunidades de bienes con un máximo de 9 autónomos.
  • Sociedades mercantiles con un máximo de 9 trabajadores.
  • Asociaciones sin ánimo de lucro del sector comercial.

 

Deberán estar dadas de alta en alguno de los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas:

— De la sección primera, las agrupaciones y grupos siguientes:

    • Agrupación 64. Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes.
    • Agrupación 65. Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios, realizados en establecimientos permanentes (excepto grupos 654 y 655).
    • Agrupación 97. Servicios personales (excepto grupo 974).
    • Grupo 755 Agencias de viajes.

— De la sección segunda, la agrupación 86. Profesiones liberales, artísticas y literarias.

GASTOS SUBVENCIONABLES

a) Relacionados con la seguridad y protección sanitaria a personas trabajadoras y clientes.

  • Mamparas y su colocación, tanto en mostradores para la atención al público como para separación de diferentes espacios.
  • Sistemas de apertura automática de puertas.
  • Obras de adecuación de espacios para la adaptación a las nuevas necesidades de seguridad sanitaria.
  • Sistemas automáticos de desinfección, sistemas de minoración de agentes patógenos y otros sistemas para garantizar las medidas de higiene.

 

b) Relacionados con la mejora tecnológica y/o para la digitalización de los negocios, así como, para el fomento de la venta online.

  • Aplicaciones informáticas (software), excluida la adquisición, suscripción, entrega, actualización renovación de software necesario para cumplir la obligación del TicketBAI, incluida la instalación e implantación.
  • Equipos para el proceso de información y complementos (ordenadores de mesa, escáner, impresoras, terminales punto de venta, lectores de códigos, sistemas de etiquetaje, agendas y balanzas electrónicas, etc.).
  • Asesoramiento en relación con las mejoras tecnológicas (máximo de base subvencionable en este apartado de 700 euros).
  • Diseño webs.

Los equipos informáticos a los que se refiere esta subvención deberán estar ubicados físicamente en el punto de venta. No se considerarán subvencionables tablets ni teléfonos móviles.

 

c) Relacionados con el equipamiento físico del local y con la accesibilidad de personas con discapacidad

  • Obras de acondicionamiento de locales.
  • Mobiliario y/o equipamientos/instalaciones necesarias para el desarrollo de la actividad.
  • Rótulos, toldos y persianas.
  • Registro de marcas.
  • Servicios externos y/o de consultoría especializada.
  • Diseño y desarrollo de imagen corporativa.
  • Obras que faciliten accesos desde el exterior, desplazamientos horizontales y/o verticales.
  • Paneles y/o soportes que faciliten la orientación visual, auditiva o táctil.
  • Información de servicios en braille y/o visualmente adaptadas.
  • Tecnologías web que permita el acceso a la información de manera autónoma y a la diversidad de cada persona con discapacidad.

 

El periodo de inversiones será el comprendido entre el 1 de noviembre de 2021 y el 31 de octubre de 2022.

Se podrán presentar como máximo 3 solicitudes por participante en inversiones de diferente tipo, siendo la inversión mínima subvencionable de 400€.

CUANTÍA

La intensidad máxima de la ayuda será del 50% pudiéndose incrementar este hasta el 70%, el límite máximo será de 4.500€.