PROYECTOS INNOVADORES DE I+D DE ALMACENAMIENTO ENERGÉTICO

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 8 de marzo hasta el 10 de mayo de 2022 a las 12 horas

ORGANISMO

IDAE

Se trata de una subvención a fondo perdido, para el desarrollo de proyectos innovadores de I+D relativos al despliegue del almacenamiento de energía.

BENEFICIARIOS

  • Empresas en general
  • Empresas Innovadoras de Base Tecnológica.
  • Organismos públicos de investigación
  • Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.
  • Otros centros públicos de I+D.
  • Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D
  • Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal
  • Otros centros privados de I+D+i
  • Otras organizaciones que presten apoyo a la transferencia tecnológica, orealicen difusión y divulgación tecnológica y científica

GASTOS SUBVENCIONABLES

  • Costes de personal.
  • Costes del instrumental y material amortizable durante la vida del proyecto.
  • Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes.
  • Costes de consultoría y servicios equivalentes.
  • Otros costes de materiales, suministros y equipos no amortizables.
  • Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales.
  • Costes de formación relativa a los principios transversales del PRTR (transformación digital, cohesión social y territorial e igualdad de género).

CUANTÍA

La intensidad máxima de la ayuda será la que figura en la siguiente tabla, con un límite máximo de 15 millones de € por empresa y proyecto.

Grandes

empresas

Medianas

empresas

Pequeñas

empresas

Desarrollo experimental con carácter general.

25%

35%

45%

Adicionalmente, si está supeditada a la colaboración efectiva entre empresas o a la amplia difusión de los resultados,  

40%

 

50%

 

60%

 

El incremento del 15% se aplicará si se cumple alguna de las siguientes condiciones:

  • que el proyecto implique una colaboración efectiva:
    • entre empresas, al menos una de las cuales sea una PYME, o se desarrolle en al menos dos Estados miembros, o en un Estado miembro y en una Parte Contratante en el Acuerdo EEE, y que ninguna empresa corra por sí sola con más del 70 % de los costes subvencionables, o
    • entre una empresa y uno o varios organismos de investigación y difusión de conocimientos, asumiendo estos como mínimo el 10 % de los costes subvencionables y teniendo derecho a publicar los resultados de su propia investigación.
  • Que los resultados del proyecto se difundan ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.