Se trata de una subvención a fondo perdido, para fomentar, impulsar y reactivar la industria y servicios conexos a la industria de la Ciudad de Madrid
PYMES ubicadas en Madrid Capital.
Línea A:
Línea B:
Línea C:
Línea D:
A.- Línea de DIGITALIZACIÓN.
Entre las iniciativas a considerar en el ámbito de la Digitalización, se considerará la nueva implantación en la actividad productiva interna de la empresa de alguno de los siguientes proyectos:
B.- Línea de PRODUCCIÓN SOSTENIBLE
Esta línea trata de apoyar proyectos en los que las medidas de ahorro energético (MAE) sean protagonistas directas de la inversión, en la creencia de que el ahorro energético es una inversión de futuro que a medio plazo incide tanto en el medio ambiente como en la propia competitividad de la empresa. Serán subvencionables:
a) Los gastos de contratación de consultoría para la implantación de sistemas certificados de gestión medioambiental y energética (ISO 14006 e ISO 50001).
b) Los gastos por la contratación de servicios de consultoría especializada para la inscripción en el Registro del EMAS, Sistema Europeo de Gestión Medioambiental (consultoría previa y costes de la entidad de certificación), así como, en su caso, el pago de las tasas o precios para la realización de dicha inscripción.
c) Inversiones en sustitución de equipos y/o instalaciones consumidoras de energía de procesos productivos, por equipos e instalaciones que utilicen tecnología de alta eficiencia o la mejor tecnología disponible.
d) Sustitución de equipos existentes de producción de calor/frío o implantación de equipos de purificación aire/agua, destinados a atender la demanda de bienestar e higiene de las personas. Los nuevos equipos, en su caso, serán de alta eficiencia energética
e) Sustitución, para la mejora de la eficiencia energética, de las instalaciones de iluminación interior y/o de los equipos de elevación y manutención de los edificios existentes, así como de la iluminación exterior existente.
f) Actuaciones de rehabilitación con sustitución de la envolvente térmica de los edificios.
g) Instalaciones de energías renovables que supongan una reducción del consumo energético, en relación con instalaciones anteriores no renovables.
h) Los gastos de consultoría para la implementación de herramientas tecnológicas que permitan la reducción y gestión más eficiente del consumo energético.
i) Instalación de puntos de recarga para automóviles eléctricos.
C.- Línea de MEJORA PRODUCTIVA INDUSTRIA 4.0
En esta línea se subvencionarán los bienes de equipo y determinado inmovilizado intangible ligados a la producción industrial de la empresa.
a) Las inversiones en maquinaria, máquina herramienta y equipos productivos auxiliares, instalaciones en el plano productivo, utillaje, equipos informáticos, primera adquisición de aplicaciones a medida en el plano productivo, y primera adquisición de software ligado a la producción que se incorpore al proceso productivo por primera vez única y exclusivamente, soluciones de inteligencia artificial,robótica, etc., para mejorar la eficiencia productiva y/o la competitividad de las empresas.
b) Los gastos externos por la contratación de servicios de consultoría especializada para el diagnóstico y desarrollo de proyectos de mejora competitiva e innovación, así como importes pagados en relación con las tasas para la tramitación de nuevas solicitudes de patentes, modelos de utilidad, diseños industriales nuevos ante las oficinas nacionales o regionales de patentes y marcas y los gastos de asesoría externa desarrollados por una agencia oficial o agente de la propiedad industrial. Igualmente serán subvencionables los importes pagados a consultorías externas en relación con la homologación de procesos productivos, productos, y similares
D.- Línea de RESPUESTA AL DESAFÍO TECNOLÓGICO
Esta línea propone subvencionar los mismos conceptos que en la anterior de Mejora Productiva, si bien debe tratarse de inversiones relacionadas con la fabricación de los bienes
Los proyectos que se presenten en esta línea tienen un especial interés para la reindustrialización de la Ciudad de Madrid, en el intento de conseguir un modelo productivo moderno, viable, equilibrado, medioambientalmente sostenible y resistente a las crisis periódicas de la economía, así como a las crisis sobrevenidas como consecuencia de shocks de oferta producidos por situaciones imprevisibles que afectan a la economía mundial
Se consideran subvencionables las inversiones realizadas por los beneficiarios para la convocatoria del año 2023: desde el 1 de mayo del año 2022 hasta el 30 de abril del año 2023.
El importe máximo de las subvenciones se define en la siguiente tabla:
Modalidad | Tamaño de empresa | Inversión mínima (€) | Porcentaje de subvención máximo | cuantía máxima (€) |
Digitalización | 9 trabajadores o menos | 5.000 | 80 | 25.000 |
Entre 10 y 49 trabajadores | 10.000 | 70 | 25.000 | |
Entre 50 y 249 trabajadores | 15.000 | 50 | 25.000 | |
Producción sostenible | 9 trabajadores o menos | 2.000 | 80 | 20.000 |
Entre 10 y 49 trabajadores | 5.000 | 70 | 20.000 | |
Entre 50 y 249 trabajadores | 10.000 | 50 | 20.000 | |
Mejora productiva –
Transición hacia la Industria 4.0 |
9 trabajadores o menos | 5.000 | 80 | 60.000 |
Entre 10 y 49 trabajadores | 15.000 | 70 | 60.000 | |
Entre 50 y 249 trabajadores | 20.000 | 50 | 60.000 | |
Respuesta al desafío tecnológico | Microempresas, pequeñas y medianas empresas |
5.000 |
80 |
150.000 |
Estos porcentajes pueden verse incrementados en un 20% en los supuestos en que la empresa esté radicada en los distritos del sur y el este: Carabanchel, Latina, Moratalaz, Puente de Vallecas, San Blas, Usera, Vicálvaro, Villa de Vallecas y Villaverde