Se trata de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para actuaciones de mejora de las infraestructuras de los establecimientos turísticos de alojamiento y de restauración de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2023
Las personas físicas y jurídicas titulares de establecimientos turísticos de alojamiento y de restauración, que tengan autorizado o clasificado el establecimiento turístico para el cual se solicita la ayuda
En el caso de empresas, deben ser PYMEs
Deberá acreditarse una antigüedad de la actividad turística de alojamiento y restauración en el establecimiento para el cual se solicita la subvención no inferior a 5 años a la fecha de solicitud de la ayuda (tanto de la actividad como del establecimiento). A estos efectos, se tomará como fecha de referencia para el cálculo de la antigüedad la fecha de inscripción en el REAT.
Son actuaciones subvencionables las que se realicen en cualquiera de los siguientes tipos de establecimientos turísticos:
– Los establecimientos hoteleros, campamentos de turismo, establecimientos de turismo rural, apartamentos turísticos y albergues turísticos
– Las empresas de restauración que se enmarquen dentro del grupo I (solo restaurantes)
Podrán ser objeto de subvención, de conformidad con lo que se establece en esta resolución, las siguientes inversiones:
La inversión neta admitida será de hasta 100.000 €. En caso de que el presupuesto de ejecución del proyecto presentado con la solicitud de subvención sea superior a dicho límite, se requerirá a la persona solicitante para que reajuste el proyecto que se va a ejecutar al citado límite.
Se considerarán como subvencionables las actuaciones realizadas desde el 1 de enero del 2023
– Los gastos de obra vinculados con la ejecución del proyecto
– Los servicios profesionales vinculados al proyecto, como honorarios técnicos de redacción del proyecto y de dirección de obra. Los honorarios técnicos no serán superiores al 6 % de la inversión neta admitida.
Se podrá obtener una subvención de hasta el 60 % sobre el presupuesto de la inversión subvencionable.
El importe máximo de la ayuda a cada entidad beneficiaria será de 60.000 €.