Se trata de una línea de ayudas, en forma de subvención directa, destinada a aquellas empresas que realicen inversiones en activos fijos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura que contribuyan al desarrollo industrial, la mejora de la competitividad, la transformación digital, el impulso de la innovación productiva en los ámbitos de la especialización inteligente y a la creación y mantenimiento de empleo en Extremadura.
Personas físicas, las empresas, y en especial, las pymes, que proyecten llevar a cabo una inversión en un centro de trabajo o establecimiento operativo en Extremadura, en aquellos sectores de actividad considerados como subvencionables con arreglo a este decreto.
Al objeto de modular la intensidad de las ayudas, se establecen tres categorías de actividades:
Quedan excluidas las siguientes actividades:
Toda inversión o coste que esté incluido en el mismo, deberá realizarse con fecha posterior a la de presentación de la solicitud de la ayuda salvo las siguientes excepciones:
— Los realizados para la adquisición de los terrenos donde se vaya a ejecutar el proyecto.
— Los trabajos relativos a ingeniería de proyectos y dirección facultativa de las obras objeto de inversión.
— El coste del proyecto o análisis exigido para poder optar a la modalidad de subvenciones para el fomento de la digitalización empresarial o impulso de la empresa 4.0.
Los proyectos subvencionables se clasificarán en:
La modalidad de ayudas será:
EXCLUSIVAMENTE PARA LA MODALIDAD INDUSTRIA 4.0:
La intensidad máxima de ayuda será:
BENEFICIARIO | Ayuda Máxima hasta |
Gran empresa | 30% |
Mediana empresa | 40% |
Pequeña empresa | 50% |