Se trata de ayudas para potenciar la innovación tecnológica e impulsar la transferencia de tecnología al sector productivo comprendido en la Estrategia Regional de Especialización Inteligente (S3) de la Comunidad de Madrid a través de entidades de enlace de la innovación tecnológica y convoca ayudas año 2022
Entidades de enlace de la innovación tecnológica. Dichas entidades son las que corresponden a estructuras o grupos organizados, constituidos por partes independientes (como empresas innovadoras de nueva creación y pequeñas, medianas y grandes empresas, así como organizaciones de difusión de investigación y conocimientos, organizaciones sin ánimo de lucro y otros agentes económicos relacionados) cuyo objetivo es estimular la actividad innovadora mediante el fomento del uso compartido de instalaciones y el intercambio de conocimientos teóricos y prácticos así como mediante la contribución efectiva a la transferencia de conocimientos, la creación de redes, la difusión de información y la colaboración entre las empresas y otras organizaciones de la agrupación.
Requisitos:
Los proyectos dinamizadores financiados estarán formados por un conjunto de actividades en el ámbito de sus objetivos de impulso de la innovación y transferencia tecnológica y aplicación en el tejido industrial de la innovación tecnológica, realización de actividades de formación, difusión, visibilización e internacionalización de la innovación tecnológica madrileña, apoyo a emprendedores y empresas de base tecnológica, estímulo de la colaboración tanto público privada como entre diferentes tipos de agentes del ecosistema innovador, participación en redes, plataformas, etc. y estimular y facilitar los intercambios de conocimiento e innovación tecnológica.
Los proyectos dinamizadores que reciban ayuda tendrán una duración de una anualidad.
La fecha de inicio de los proyectos dinamizadores será la que se establezca en la orden de concesión de la ayuda. No serán subvencionables los proyectos dinamizadores cuya ejecución haya comenzado antes de la fecha de inicio establecida en la orden de concesión de la ayuda
Los gastos deberán realizarse en la Comunidad de Madrid o bien tener efecto beneficioso en el sistema innovador de la Comunidad de Madrid.
Se incluirán:
Costes directos de ejecución de las entidades beneficiarias, que incluyen los siguientes subconceptos:
Costes indirectos de las entidades de enlace de la innovación tecnológica, que podrán calcularse, sin necesidad de aportar justificantes de gasto, mediante la aplicación de un porcentaje fijo de hasta el 15 % de los costes directos de personal subvencionables
Se podrá subcontratar hasta un 80% de la actividad subvencionada.
La intensidad de la ayuda corresponderá al 50% de los costes subvencionables.
El presupuesto total solicitado de los proyectos deberá estar entre 150.000 y 900.000 euros, por lo tanto la cuantía de la ayuda será como máximo de 450.000 euros por proyecto