Ayudas en concurrencia competitiva destinadas a la ejecución de proyectos de producción de electricidad y calor a partir de energías renovables en sustitución de producción a partir de combustibles fósiles.
Personas jurídicas, públicas o privadas, así como las agrupaciones de personas jurídicas, tanto públicas como privadas, sin personalidad jurídica propia.
Ámbito de aplicación y vigencia: hasta el 30 de junio de 2026.
− Subtipo 1.1 (S-1.1): instalaciones de producción de energía eléctrica o de cogeneración a partir de biomasa.
− Subtipo 1.2 (S-1.2): instalaciones de producción de energía eléctrica o de cogeneración a partir de biogás.
− Subtipo 1.3 (S-1.3): instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de energía eólica con almacenamiento eléctrico.
− Subtipo 1.4 (S-1.4): centrales hidroeléctricas con almacenamiento eléctrico.
− Subtipo 1.5 (S-1.5): instalaciones solares fotovoltaicas con almacenamiento eléctrico.
− Subtipo 2.1 (S-2.1): instalaciones de producción de energía térmica a partir de biomasa.
− Subtipo 2.2 (S-2.2): instalaciones de producción de energía térmica a partir de biogás.
− Subtipo 2.3 (S-2.3): instalaciones de producción de energía térmica a partir de geotermia o hidrotermia.
− Subtipo 2.4 (S-2.4): instalaciones de producción de energía térmica a partir de aerotermia.
− Subtipo 2.5 (S-2.5): instalaciones de producción de energía térmica a partir de energía solar con almacenamiento térmico.
Se podrán considerar como costes subvencionables los siguientes:
El método de cálculo del importe de las ayudas a conceder será teniendo en cuenta las características del proyecto.
No podrá superar los valores establecidos en la siguiente tabla:
En un mismo proyecto y beneficiario No podrán ser mayores de 15.000.000 de euros.