Ayudas para el fomento del empleo especializado en comercio exterior.
Las personas físicas y jurídicas que tengan la consideración de pequeña y mediana empresa, que ejerzan una actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El hecho subvencionable será la celebración del contrato, siempre y cuando responda a las siguientes condiciones y características:
efectivamente trabajados según vida laboral, en la misma empresa contratante o vinculadas.
Las personas contratadas deben cumplir lo siguiente:
a) Poseer Título Universitario o de Formación Profesional de Grado Superior o equivalente.
b) Acreditar el dominio de un idioma distinto del castellano y de otras lenguas cooficiales del Estado español, bien porque sea su lengua materna, o por estar en posesión de un certificado de nivel B1 o superior del Marco Europeo de las Lenguas Extranjeras, o equivalente.
c) Acreditar una formación mínima en comercio exterior de 120 horas y/o una experiencia en este ámbito de, al menos, 6 meses.
Las ayudas consistirán en una subvención no reembolsable por importe de 30.000 euros que será abonada en tres anualidades de 12.000, 10.000 y 8.000 euros, respectivamente, para el primer, segundo y tercer año de contratación.