Ayudas a fondo perdido, de concesión directa, para la mejora de los lugares de trabajo de centros de la Comunidad de Castilla y León.
LINEAS DE ACTUACIÓN
Las inversiones cuya necesidad preventiva haya quedado reflejada en la Evaluación de Riesgos de la empresa y se haya recogido en la Planificación de la Actividad Preventiva.
Inversiones destinadas a ofrecer seguridad frente a los riesgos presentes en los lugares de trabajo teniendo en cuenta las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo:
Inversiones en los servicios higiénicos, locales de descanso y locales de primeros auxilios de los lugares de trabajo
Inversiones encaminadas a la adopción de las medidas previstas en el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo
La cuantía de la subvención será el 85% de los gastos que se consideren subvencionables hasta un máximo de 50.000€ por centro de trabajo.
Los gastos subvencionables deberán ser efectuados entre el día 1 de noviembre de 2023 y el día 2 de septiembre de 2024, ambos inclusive.
La totalidad del pago de los gastos subvencionables deberá efectuarse en el plazo comprendido entre el día 1 de noviembre de 2023 y el día 2 de septiembre de 2024, ambos inclusive.