Subvenciones en concesión directa para favorecer el Bienestar Laboral de los centros de trabajo de la Comunidad de Castilla y León.
ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES
A.- Acciones para la creación de espacios cardioseguros:
– La adquisición de desfibriladores semiautomáticos.
– La instalación del equipo, en armarios con control de sistema de apertura y de acceso al desfibrilador, además de la posibilidad de activación de los servicios de emergencia desde el mismo (conexión telefónica a un número predeterminado), fabricados en metacrilato o acero inoxidable, con cubierta de policarbonato o similar y con batería independiente incorporada. No se incluyen los gastos de la conexión telefónica.
B.- Acciones para la prestación de los siguientes servicios:
La cuantía de la subvención será el 85% de los gastos que se consideren subvencionables, no pudiendo en ningún caso superar el importe subvencionado los 30.000€ por beneficiario.
Los gastos subvencionables deberán ser efectuados entre el día 1 de noviembre de 2023 y el día 2 de septiembre de 2024, ambos inclusive.
La totalidad del pago de los gastos subvencionables deberá efectuarse en el plazo comprendido entre el 1 de noviembre de 2023 y el 2 de septiembre de 2024, ambos inclusive.