CIBERSEGURIDAD INDUSTRIAL

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Hasta el 21 de mayo de 2024

ORGANISMO

Consejería Industria Comercio y Empleo. Castilla y León

Subvención a fondo perdido en concurrencia competitiva, para promover la realización de proyectos relacionados con la Ciberseguridad industrial en la Comunidad de Castilla y León.

BENEFICIARIOS

  • Pymes
  • Gran empresa

Del sector industrial con dos años de antigüedad.

GASTOS SUBVENCIONABLES

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

a) Convergencia e integración de los sistemas de protección ante ciberataques para entornos IT/OT (Information Technology / Operational Technology). Diseño y ejecución de arquitecturas seguras y en su caso materialización de la segmentación de redes industriales.

b) Securización de los accesos remotos a los equipos industriales de la red OT requeridos para el mantenimiento de equipo, control y operación de los mismos.

c) Securización de la información/datos industriales. Auditorías y simulaciones de ataques por personas externas a la organización y auditorias sobre perfiles internos con diferentes niveles de accesos a datos de la compañía.

d) Evaluación de la Ciberseguridad del software industrial en las plantas productivas y mejora del mismo.

e) Iniciativas para la concienciación de la plantilla de la empresa industrial en el ámbito de Ciberseguridad.

f) Diagnóstico de situación actual de la industria en materia de Ciberseguridad industrial y elaboración de su plan de acción para la mejora de la Ciberseguridad.

Análisis de riesgo industrial y de vulnerabilidad industrial. Análisis de vulnerabilidades y pentesting de cualquier tecnología perteneciente a la red OT.

g) Adopción de buenas prácticas recogidas en estándares de Ciberseguridad industrial (por ejemplo, IEC 62443 o equivalentes) u otros estándares de gestión de la Ciberseguridad (por ejemplo, ISO 27001 o equivalentes) ampliamente reconocidos. Adaptación al cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad (Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad), Reglamento PIC (Real Decreto 704/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de protección de las infraestructuras críticas). Mejora continua del proceso de gestión de Ciberseguridad mediante el despliegue de medidas específicas o evolución de las mismas a niveles de madurez superiores a los preexistentes.

h) Medidas de protección de información estratégica o sensible como puedan ser la propiedad industrial, la propiedad intelectual, estrategias de I+D+i, planos de edificios o de diseño de productos, información afectada por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) o cualquiera otra directamente relacionada con la competitividad y sostenibilidad del negocio (ejemplo de medidas: cifrado del almacenamiento, control de acceso, control de distribución de copias, borrado seguro, etc.).

i) Implementación de dispositivos de seguridad perimetral y de otros dispositivos industriales (Switches, sondas, Appliances, firewalls industriales, PLCs, etc.).

j) Evaluación de los niveles de seguridad implementados en la fase de diseño, así como la gestión del ciclo de vida de seguridad de los sistemas, dispositivos o soluciones.

k) Adopción de un plan de contingencia que mejore la Ciberseguridad y resiliencia de los sistemas de producción (Backup&Recovery).

l) Otros proyectos que incrementen de manera significativa el nivel de Ciberseguridad de las empresas industriales y reduzcan el riesgo y la vulnerabilidad ante los diferentes tipos de ataques existentes.

GASTOS SUBVENCIONABLES 

  • Inversiones en activos inmateriales y/o materiales (software y hardware).
  • Colaboraciones externas necesarias para el diagnóstico e implantación de la Ciberseguridad.

CUANTÍA

  • Para activos inmateriales y/o materiales (software y hardware), el 50% de los costes subvencionables.
  • Para colaboraciones externas para el diagnóstico e implantación de la ciberseguridad industrial, prestadas por empresas que acrediten su experiencia en la materia, el 65%.
    • El porcentaje de subvención de la colaboración externa se incrementará en un 10% adicional, para aquellos proyectos que se ejecuten en un centro de trabajo ubicado en alguna de las zonas con Programas Territoriales de Fomento.
    • La cuantía subvencionable imputable a las colaboraciones externas no podrá exceder del 35% del total de la subvención concedida.
    • No serán admisibles proyectos que únicamente cuenten con colaboraciones externas.
  • Límite máximo de subvención por solicitud y proyecto de 20.000€.
  • Límite mínimo de subvención por proyecto de 3.000€.