MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA Y ECONOMÍA CIRCULAR DE EMPRESAS TURÍSTICAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 9 de agosto al 20 de septiembre de 2024

ORGANISMO

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte. Comunidad de Madrid

Subvenciones en concurrencia NO competitiva para la mejora de la eficiencia energética y economía circular en inmuebles, infraestructuras o instalaciones de empresas turísticas de la Comunidad de Madrid

BENEFICIARIOS

Personas físicas o jurídicas con vinculación al sector turístico

GASTOS SUBVENCIONABLES

ACTUACIONES ELEGIBLES

-Implantación de sensores que permitan monitorizar consumos y optimizar el uso de energía, agua o alimentos.

-Uso de materiales de aislamiento térmico, de tecnologías más eficientes energéticamente o disponer de elementos exteriores tales como sombras o jardines para minimizar el consumo de climatización

-Implantación de planes y equipos para separar y recoger residuos y reutilizarlos o reciclarlos.

-Mejora de las instalaciones y equipos de iluminación, con controles de presencia, lámparas de bajo consumo u otros sistemas.

-Sustitución de electrodomésticos por otros más eficientes.

-Mejorar el aislamiento y/o los equipos terminales de climatización o ventilación para mejorar su eficiencia.

-Sustitución de calderas de combustibles por otras de alta eficiencia.

-Implantación de sistemas de almacenamiento térmico o eléctrico

-Implantación de sistemas de solar térmica para agua caliente sanitaria, climatización o piscinas.

-Implantación de sistemas fotovoltaicos

-Implantación de sistemas automáticos de gestión de edificios, inmuebles, instalaciones o infraestructuras.

La cuantía mínima de las actuaciones financiables será de 25.000€, sin impuestos.

GASTOS SUBVENCIONABLES

  • Honorarios profesionales satisfechos para la elaboración, por el técnico competente para la certificación de la eficiencia energética de los edificios
  • Costes de gestión de la ayuda
  • Costes de redacción de los proyectos técnicos
  • Costes de dirección facultativa de las actuaciones
  • Costes de ejecución de las obras y/o instalaciones
  • Inversión en equipos y materiales efectuada
  • Costes de redacción de informes y demás documentación para solicitud y justificación
  • Costes de gestión de justificación de la realización de las actuaciones
  • Certificado inicial de Adecuación
  • Otras partidas necesarias
  • Si fuese necesario, la retirada de productos de construcción que contengan amianto
  • Costes para implantar las medidas correctoras que se adoptasen para cumplir los criterios de la “Guía para el diseño y desarrollo de actuaciones acordes con el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente”

 

 

CUANTÍA

La cuantía de la ayuda será del 100% del coste elegible que esté adecuadamente justificado a juicio del órgano instructor.

El plazo máximo para la conclusión de las actuaciones objeto de ayuda será de cuatro meses desde la fecha de notificación de la resolución de la concesión de la ayuda.