Subvenciones para proyectos cuya finalidad debe ser garantizar el abastecimiento de productos de carácter cotidiano, entendiendo por tal la venta de alimentación, droguería y perfumería, en uno o en varios municipios de la Comunidad de Castilla y León cuya población sea igual o inferior a 1.000 habitantes
Personas físicas y jurídicas, comunidades de bienes y otras entidades cuyo CNAE es uno de estos:
4711, 4719, 4721, 4722, 4723, 4724, 4725, 4729, 4775
Quedan excluidas las entidades franquiciadoras
a) La elaboración del diagnóstico, cuando se realice con medios ajenos.
b) La redacción de proyectos técnicos y la dirección facultativa de los trabajos en el establecimiento comercial.
c) Las obras e instalaciones de adecuación interior y exterior del establecimiento comercial.
d) La adquisición e instalación de rótulos en el exterior del establecimiento comercial, identificativos del nombre comercial, la marca, el logotipo o similares y la adquisición e instalación de toldos en el mismo.
e) La adquisición, instalación y montaje en el establecimiento comercial de mobiliario y maquinaria vinculados a la actividad comercial.
f) Los servicios de apoyo para la instalación y puesta en marcha o para la mejora de los sistemas de comercialización (desarrollo de página web, venta online – ecomerce, scomerce, mcomerce – etc.…) o de gestión del establecimiento comercial (captación y gestión de clientes, gestión de proveedores – etc.).
g) El equipamiento (hardware, software, etc.) necesario para la instalación y puesta en marcha o para la mejora de los sistemas anteriores, incluidas las correspondientes altas y licencias.
h) La adquisición de vehículos, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
Los gastos que se ejecuten entre el 1 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024, ambos inclusive.
La cuantía de la subvención, por cada establecimiento comercial para el que se solicite, será de un 75 % del presupuesto aceptado, con los siguientes límites:
a) No serán subvencionables los proyectos con un presupuesto subvencionable inferior a 1.000€.
b) El presupuesto máximo aceptado será de 15.000€.