CONTRATACION INDEFINIDA – MURCIA

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Hasta el 30 de septiembre de 2025

ORGANISMO

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACION PROFESIONAL Y EMPLEO

Subvenciones para el fomento de la contratación en la Región de Murcia para contrataciones indefinidas y las transformaciones de contratos formativos en indefinidos que cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria y se formalicen entre el 16 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2025.

BENEFICIARIOS

PYMES, incluidos autónomos, cuyo centro de trabajo para el que se realice la actividad objeto de subvención se encuentre en la Región de Murcia

GASTOS SUBVENCIONABLES

Línea 1:

-Las contrataciones indefinidas realizadas a tiempo completo, o a tiempo parcial cuando la jornada pactada sea como mínimo del 50% de la jornada laboral a tiempo completo.

. Desempleadas, no ocupadas e inscritas como demandantes de empleo en la oficina de empleo correspondiente, y puedan ser consideradas desempleadas de larga duración ó

. Que se encuentren desarrollando prácticas no laborales ó

. Que se encuentren desempleadas, no ocupadas e inscritas en la correspondiente oficina de empleo y puedan ser consideradas mujeres víctimas de violencia de género ó

. Mujeres desempleadas con hijos menores de 4 años

Línea 2:

-Contratación estable de personas jóvenes menores de 30 años.

Línea 4:

-Incentivos para el fomento de la conversión en indefinido del contrato formativo.

Línea 5:

-Incentivos a la contratación indefinida en municipios de menos de 10.000 habitantes.

Línea 7:

-Programa para el apoyo al “retorno talento”.

Línea 8:

-Programa de reinserción laboral “Talento Fuerzas Armadas”.

 

El plazo individualizado de presentación de solicitudes de subvención será de un mes, a contar desde de la fecha de alta en Seguridad Social de la persona trabajadora contratada.

En el supuesto de contrataciones o conversiones realizadas entre el 16 de octubre de 2024 y la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria, el plazo de presentación de solicitudes será de un mes contados a partir del día siguiente al de publicación del citado extracto en el Boletín Oficial de la Región de Murcia

CUANTÍA

Línea 1:

 Personas desempleadas de larga duración que se encuentren inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo del SEF:

– A tiempo Completo: 6.000€.

– A tiempo parcial: 3.000€.

Personas desempleadas de larga duración, con 24 meses o más de inscripción ininterrumpida, que se encuentren inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo del SEF:

– A tiempo Completo: 7.000€.

– A tiempo parcial: 3.500€.

Personas desempleadas de larga duración que hayan cumplido 45 años o más, se encuentren inscritas en las Oficinas de Empleo del SEF:

– A tiempo Completo: 7.500€.

– A tiempo parcial: 3.750€.

Personas desempleadas de larga duración mayores de 52 años, se encuentren inscritas en las Oficinas de Empleo del SEF:

– A tiempo Completo: 8.000€

– A tiempo parcial: 4.000€

Personas desempleadas e inscritas en su correspondiente Oficina de Empleo de la Región de Murcia que se encuentren desarrollando prácticas no laborales:

– A tiempo Completo: 5.500€

– A tiempo parcial: 2.750€

Mujeres desempleadas e inscritas en la Oficina de Empleo de la Región de Murcia con hijos menores de 4 años:

– A tiempo Completo: 8.500€

– A tiempo parcial: 4.000€

Personas desempleadas e inscritas en la oficina de empleo correspondiente, que tengan reconocida la condición de víctimas de trata de seres humanos, de explotación sexual o laboral, víctimas de terrorismo, beneficiarios de renta mínima de inserción o ingreso mínimo vital o en situación de riesgo de exclusión social.

– A tiempo Completo: 8.500€

– A tiempo parcial: 4.250€

Mujeres desempleadas e inscritas en la oficina de empleo correspondiente, que tengan reconocida la condición de víctimas de violencia de género o mujeres en contextos de prostitución.

– A tiempo Completo: 9.350€

– A tiempo parcial: 4.675€

En los colectivos anteriormente mencionados, donde no son expresamente para mujeres, se incrementarán en un 10%, si la persona contratada es mujer.

 

Línea 2. Contratación estable de personas jóvenes menores de 30 años.

Personas jóvenes menores de 30 años desempleadas e inscritas en la oficina de empleo correspondiente:

– A tiempo Completo: 5.000€

– A tiempo parcial: 2.500€

Si la persona contratada es titulada (Universitaria o Ciclo formativo de Grado Superior desempleada e inscrita en la oficina de empleo correspondiente y el contrato indefinido se realiza para el desarrollo de tareas propias de su titulación, siempre que el alta en la Seguridad Social se produzca dentro de los grupos de cotización 1 o 2:

– A tiempo Completo: 5.500€

– A tiempo parcial: 2.750€

Línea 4: Incentivos para el fomento de la conversión en indefinido de un contrato formativo.

– A tiempo Completo: 5.000€

– A tiempo parcial: 2.500€

Se incrementarán en un 10%, si la persona contratada es mujer

Línea 5: Incentivos a la contratación indefinida en municipios de menos de 10.000 habitantes.

– A tiempo Completo: 4.000€

– A tiempo parcial: 2.000€

Se incrementarán en un 10%, si la persona contratada es mujer

Línea 7: Programa para el apoyo al “retorno talento”.

– A tiempo Completo: 5.500€

– A tiempo parcial: 2.750€

Si la persona es mayor de 45años

– A tiempo Completo: 6.000€

– A tiempo parcial: 3.000€

Se incrementarán en un 10%, si la persona contratada es mujer

Línea 8: Programa de reinserción laboral “Talento Fuerzas Armadas”.

– A tiempo Completo: 4.000€

– A tiempo parcial: 2.000€

Se incrementarán en un 10%, si la persona contratada es mujer

 

Las cuantías anteriores se incrementarán en 2.000€ si la contratación indefinida (líneas 1, 2, 5, 7 y 8) se realiza por persona trabajadora autónoma o por una cooperativa o sociedad laboral que contrate a su primer empleado o empleada a jornada completa. En el caso de jornada parcial el incremento será de 1.000€. Se considerará primera contratación si la persona, empresa o entidad beneficiaria no tuvo personas trabajadoras contratadas durante el año anterior a la misma.

El número máximo de subvenciones a conceder a una misma empresa con cargo al ejercicio presupuestario 2025, será de 5 subvenciones por línea y de 10 en el conjunto de todos los subprogramas regulados en la Orden de bases.