PROYECTOS DE EXPANSIÓN INTERNACIONAL – CASTILLA Y LEON

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Hasta el 30 de enero de 2026.

ORGANISMO

ICE

Ayudas en concurrencia no competitiva, para financiar proyectos de expansión internacional.

BENEFICIARIOS

PYMES con domicilio social o centro de trabajo en Castilla y León

GASTOS SUBVENCIONABLES

Serán subvencionables las acciones realizadas o ejecutadas desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2025.

Serán subvencionables los gastos que hayan sido efectivamente realizados y pagados con anterioridad a la solicitud de la ayuda.

A- ACCIONES DE PROMOCIÓN INTERNACIONAL:

1- Participación en ferias, exposiciones y congresos internacionales: participación en ferias y exposiciones que se celebran en el extranjero, así como la participación en las ferias y exposiciones internacionales que tienen lugar en España, siempre que estén incluidas en el Calendario Oficial de Ferias Comerciales Internacionales que, con carácter anual, aprueba la Secretaría de Estado de Comercio.

Se incluye también la participación en congresos celebrados fuera de España siempre que tengan carácter de exposición y la empresa beneficiaria cuente con un stand o un espacio para exponer sus productos, imagen y servicios.

Costes subvencionables por acción:

  • Alquiler de espacio y/o cuota de participación: el facturado por la organización oficial.

(Únicamente será subvencionable un espacio o cuota por empresa)

  • Gastos de decoración del stand: coste de diseño y elaboración del stand facturado por una empresa especializada o la propia organización ferial. Se admitirá el alquiler de elementos adicionales de decoración básicos para el stand: suelos y moquetas, mobiliario básico, elementos de anclaje, pantallas, proyectores y elementos de sonido; cocinas y cámaras frigoríficas (siempre que sean necesarios y estén relacionados con la actividad de la empresa). El límite de este gasto es de 12.000 euros por stand.
  • Suministros necesarios: luz, agua, seguro obligatorio, limpieza, pases obligatorios de expositor, conexión a internet, coste de almacén y de colocación de la mercancía en el stand, copas y hielos; siempre que sean facturados por la organización ferial o por la empresa designada por ésta para instalar o proveer estos suministros de forma oficial.
  • Transporte de muestras específicamente destinadas a la feria: será el gasto facturado por una empresa de transporte de mercancías. El límite de este gasto es de 10.000 euros por cada feria física. El destino de las muestras deberá ser la instalación ferial.
  • Inserción en el catálogo oficial de la feria.
  • Participación en actividades paralelas a la feria: (demostraciones, seminarios, degustaciones, paquetes de marketing, publicidad o acciones de matchmaking) organizadas y facturadas por la propia institución ferial.
  • Costes de viaje.

 

 

  1. Participación en ferias o eventos expositivos internacionales en modalidad virtual:

Costes subvencionables por acción:

  • Gastos de alquiler de puesto virtual y de los servicios relacionados con alquiler y costes de participación en ferias y eventos expositivos virtuales internacionales. Deben ser facturados por la entidad que organiza la feria o evento expositivo virtual. El límite de este gasto es de 4.000 euros por evento.

 

  1. Misiones comerciales internacionales:

A/ Misión directa: viaje de prospección exterior para visitar a compradores, distribuidores, clientes, prescriptores de opinión o socios tecnológicos o comerciales para la participación en proyectos internacionales.

 

Costes subvencionables por acción:

  • Coste de elaboración de agenda. La agenda será elaborada por una empresa especializada o del sector de actividad del solicitante. El límite de este gasto será de 3.000 euros por agenda y misión.

Costes de viaje.

B/ Misión inversa: invitación a compradores y distribuidores extranjeros, clientes socios tecnológicos o comerciales y/o prescriptores de opinión de medios internacionales para que visiten la sede de la empresa en Castilla y León, excluyendo los viajes realizados por personal de una empresa extranjera filial de la empresa solicitante. Se deberá identificar la empresa participante, así como las personas que asisten a la misión.

 

Costes subvencionables por acción:

  • Costes de viaje correspondientes para un máximo de 3 personas por empresa o medio extranjero.

C/ Visita a feria, exposición o congreso de carácter internacional. Visitas a ferias y exposiciones y congresos celebrados fuera de España. Se incluye la visita a estos eventos expositivos cuando tengan lugar en España, siempre que estén incluidos en el Calendario Oficial de Ferias Comerciales Internacionales que, con carácter anual, aprueba la Secretaría de Estado de Comercio.

 

Costes subvencionables por acción:

  • Coste de entrada a la feria, exposición o congreso facturado por la entidad organizadora. El límite de este gasto es de 3 entradas por empresa solicitante (para personal que cumpla los requisitos detallados en el apartado de “Costes de viaje”).

Costes de viaje.

 

  1. Presentación de productos, promociones en punto de venta (PPV), showrooms, degustaciones, catas, demostraciones técnicas, presentaciones de proyectos, desfiles y concursos en el extranjero.

Costes subvencionables por acción:

  • Alquiler de espacio o coste de la promoción facturado por el punto de venta o agencia

/empresa que organice la acción promocional en el país de destino. El límite de este gasto

es de 6.000 euros.

  • Alquiler de medios técnicos necesarios para realizar la presentación, facturados por una empresa especializada. Límite de 1.000 euros por acción.

– Costes de viaje.

 

B- REGISTRO Y RENOVACIÓN DE MARCAS Y PRODUCTOS EN PAÍSES QUE NO SEAN MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA.

Costes subvencionables por acción:

  • Gastos relacionados con el proceso de registro y renovación de marca en países fuera de la Unión Europea.
  • Gastos relacionados con el proceso de certificación, registro y renovación de productos necesarios para la comercialización de los mismos en los países fuera de la Unión Europea.

El gasto de procesos de certificación tendrá un límite de 10.000 euros.

 

C- GASTOS DE MARKETING INTERNACIONAL.

  1. Material de promoción realizado, al menos, en un idioma extranjero. Material de promoción que ofrezca información detallada en otro idioma sobre la empresa y sus productos / servicios. No se admitirá material promocional que esté sólo en español:

–     Catálogos, folletos, vídeos y banners / roll-ups (Límite de gastos de 6.000 euros por

expediente). No se subvencionará el mismo material promocional más de una vez.

  • Creación de una página web o una tienda online en un idioma extranjero para la venta vender fuera de España. También será subvencionable la adaptación de la página web o tienda online para incluir cualquier idioma extranjero adicional. (Límite de gastos de 6.000 euros). No será subvencionable una misma página web o tienda online más de una vez, salvo su adaptación a un nuevo idioma extranjero.
  1. Gastos de publicidad en medios extranjeros: inserción publicitaria de un anuncio en medios de comunicación extranjeros. (Límite de gastos de 6.000 euro).

– Los gastos subvencionables serán el diseño / elaboración del anuncio, facturado por una empresa especializada y la contratación del medio, facturado directamente por el medio de publicidad o comunicación. (Si no se realiza la inserción en el medio el diseño / creación no será subvencionable)

No se subvencionan las inserciones publicitarias en medios españoles.

  1. Plan de marketing internacional on-line en mercados exteriores:

– Diseño y ejecución de un plan de promoción digital internacional. El plan podrá incluir publicidad en redes sociales, plataformas de venta internacional o portales internacionales.

No se subvenciona ninguna actividad en España. Deberá ser elaborado y ejecutado por una empresa especializada en el sector. Límite de gastos de 8.000 euros por año.

CUANTÍA

El importe de la subvención será un porcentaje fijo del 45% sobre el coste subvencionable, con el límite máximo de 150.000 € por empresa para el total de los proyectos apoyados y se podrá aplicar un porcentaje adicional de hasta un 60%, en aplicación de los criterios de valoración.

 

Presupuesto total elegible mínimo de 2.000€.