Ayudas en concesión directa, para la inversión en favor de las PYMES de la Comunidad Autónoma de la Rioja.
Las empresas que tengan la consideración de Pymes que cuenten con establecimiento operativo en la Comunidad Autónoma de La Rioja
-Una inversión en activos materiales e inmateriales relacionada con la creación de un nuevo establecimiento; la ampliación de un establecimiento existente, la diversificación de la producción de un establecimiento en productos o servicios que anteriormente no se producían, no se prestaban en él o una transformación fundamental del proceso global de producción del producto o de la prestación global del servicio o servicios afectados por la inversión en el establecimiento o
-Una adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento que ha cerrado o que habría cerrado si no hubiera sido adquirido; la mera adquisición de las acciones de una empresa no se considera inversión; la operación tendrá lugar en condiciones de mercado
La intensidad de la ayuda no deberá exceder del:
a/20% de los costes subvencionables en el caso de las pequeñas empresas.
b/10% de los costes subvencionables en el caso de las medianas empresas.
La intensidad máxima de ayuda será de 15% de los costes subvencionables. No obstante, en el caso proyectos de inversión con costes subvencionables no superiores a 50 millones de euros, la intensidad máxima de ayuda será del 25% para medianas empresas y del 35% para pequeñas empresas