Subvenciones en concesión directa para favorecer el Bienestar Laboral de los trabajadores de los centros de trabajo de la Comunidad de Castilla y León.
Todas ellas con ánimo de lucro
ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES
A.- Acciones para la creación de espacios cardioseguros:
o La adquisición de desfibriladores semiautomáticos.
o La instalación del equipo, en armarios con control de sistema de apertura y de acceso al desfibrilador, además de la posibilidad de activación de los servicios de emergencia desde el mismo (conexión telefónica a un número predeterminado), fabricados en metacrilato o acero inoxidable, con cubierta de policarbonato o similar y con batería independiente incorporada. No se incluyen los gastos de la conexión telefónica.
B.- Acciones para la recepción de servicios que podrán consistir en formación teórico-práctica con finalidad preventiva, entendiendo por estas la realización de cursos, jornadas y/o talleres, o en sesiones de preparación o mejora de las condiciones de los trabajadores, en las siguientes materias:
La cuantía de la subvención será el 85% de los gastos que se consideren subvencionables, no pudiendo en ningún caso superar el importe subvencionado los 30.000€ por beneficiario.
| Grupo de acciones | Cuantía
conjunta máxima |
Cuantía individual máxima de
la subvención por actividad |
| Acciones para la creación de
espacios cardioseguros |
12.000
euros |
3.000 euros por un DESA
(adquirido, instalado y con la formación inicial). 1.000 euros para formación continuada o para la formación de nuevos empleados. 200 euros para mantenimiento de una unidad DESA. |
| Acciones para la recepción de
servicios: nutrición o dietética; fisioterapia; terapia ocupacional; psicología; actividad deportiva. |
18.000
euros |
4.000 euros para cada tipo de
servicio. |