Subvención en concurrencia competitiva dirigida a las PYMES aragonesas para la realización de actuaciones en materia de comercio exterior.
PYMES con domicilio fiscal en Aragón o desarrollen una actividad industrial dentro del territorio de la Comunidad Autónoma
a/Participación en misiones comerciales o ferias. La participación por parte de los beneficiarios en acciones presenciales o virtuales de prospección comercial, directas o inversas, y presencia en ferias fuera del territorio español o dentro si tienen reconocido oficialmente su carácter internacional.
-Misiones comerciales directas o inversas: los gastos de elaboración de la agenda de trabajo.
-Presencia en ferias fuera del territorio español, o dentro del mismo, si tienen reconocido oficialmente su carácter internacional: cuota de inscripción o preinscripción y de ocupación de superficie en la feria.
b/Aprovechamiento en el área de internacionalización y comercio exterior de las tecnologías de la información y comunicación.
-Los gastos derivados de la contratación de servicios de mantenimiento y actualización de los cuadros de mando de servicios de información personalizados durante el periodo subvencionable, que tracen la información de los movimientos de exportación e importación de productos y empresas, procedente de diversas fuentes contrastadas para identificar los movimientos estratégicos del sector sobre las siguientes cuestiones:
-Tendencias de los mercados internacionales. Identificación de los países con una evolución más favorable, zonas geográficas de mayor interés y seguimiento de países seleccionados.
– Identificación de clientes y competidores de un producto/sector en los mercados de interés
– Seguimiento de clientes y competidores seleccionados para identificar su estrategia y movimientos en los mercados internacionales
c/Mejora en la gestión y en la eficacia de la actividad exportadora.
– Los gastos de contratación de servicios de consultoría profesional especializada para la planificación de las acciones de internacionalización y análisis de mercados específicos para la empresa.
El gasto máximo subvencionable no podrá ser superior a 25.000 € por beneficiario.
El periodo de gasto y de pago de las actuaciones subvencionables comprenderá desde el 15 de septiembre de 2023 y con anterioridad a la presentación de la solicitud de la ayuda