Adquisición Maquinaria Industrial nueva en Empresas industriales en Castilla y León

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 12 de abril de 2025 hasta el 12 de mayo de 2025

ORGANISMO

Consejería de Industria, Comercio y Empleo de CyL

Subvenciones en concurrencia competitiva, para la adquisición de maquinaria industrial nueva que forme parte del proceso productivo en industrias situadas en Castilla y León.

BENEFICIARIOS

PYMES, Microempresas y Autónomos industriales con más de 2 años de antigüedad y centro de trabajo en Castilla y León.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Adquisición de maquinaria industrial nueva que cumpla alguna de las siguientes condiciones:

– Suponga la ampliación de la capacidad productiva de un establecimiento existente.

– Suponga la diversificación de la producción de un establecimiento existente en nuevos productos adicionales.

– Implique un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente.

– Para que los proyectos presentados puedan ser subvencionables, deberán reunir los siguientes requisitos:

– Que sean técnicamente viables: Se considerará que cumple este requisito cuando supere los 10 puntos en base a los criterios de valoración.

–Que sean económica y financieramente viables

– Que las fechas de las facturas y de los justificantes de pago se encuentren comprendidos en el periodo de ejecución.

– Que las actuaciones sean ejecutadas en centros de trabajo de la industria beneficiaria situados en Castilla y León, y los resultados permanezcan o tengan impacto tangible en Castilla y León.

– Que la actuación sea completa, es decir, que, aunque ampliable y mejorable en un futuro, sea ya totalmente suficiente para su aplicación.

– Que alcance la valoración mínima de 35 puntos en función de los criterios de valoración.

 

El periodo subvencionable será el comprendido entre la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín oficial de Castilla y León y el 15 de septiembre de 2025 inclusive.

CUANTÍA

  • La subvención será a fondo perdido calculada como un porcentaje de los costes considerados subvencionables.
  • El porcentaje de subvención concedido será el 65% de los costes considerados subvencionables.
  • En todos los casos, la subvención se aplicará exclusivamente a los gastos considerados subvencionables y tendrá un límite máximo por solicitud de 100.000 €.
  • Se fija un límite mínimo de subvención por proyecto de 15.000 €, para los gastos considerados subvencionables. Los proyectos cuya cuantía de subvención no supere este mínimo no serán subvencionables.
  • Se incrementará en un 10% adicional para proyectos que se ejecuten en un centro de trabajo en alguna de las zonas con Programas Territoriales de Fomento vigentes en la fecha de publicación, o no estén ubicados en el ámbito de un área funcional estable.