Se trata de una subvención a fondo perdido, para ffacilitar la apertura o la reforma de establecimientos comerciales o puestos de mercados municipales.
Recuperación de los locales vacíos
– Gastos derivados de la compra, arrendamiento o concesión administrativa de locales y de la ampliación de la superficie de venta anexionando un nuevo local.
Reforma de establecimientos
– Gastos derivados de la reforma o mejora de establecimientos comerciales y servicios y de puestos de
mercados municipales sedentarios (donde la persona solicitante acredite su titularidad en, como mínimo, los últimos 10 años) y puestos de mercados no sedentarios (donde la persona solicitante acredite su titularidad en, como mínimo, los últimos 5 años).
Recuperación de los locales vacíos
Los gastos generados por la compra, el alquiler o los trámites de la concesión administrativa y los gastos derivados de la apertura del establecimiento (obras, proyectos de interiorismo, instalaciones, mobiliario, actuaciones de embellecimiento de escaparates, etc.).
Reforma de establecimientos
Los gastos derivados de las reformas de obra menor en el establecimiento (parada de mercado municipal sedentario o tienda a pie de calle con titularidad mínima de 10 años). No se considerarán subvencionables ni los gastos de maquinaria ni los de mobiliario.
Los gastos derivados de la adecuación de los puestos de mercados municipales no sedentarios o la compra de camión-tienda (con titularidad mínima de 5 años).
La inversión mínima será de 2.000€.
La intensidad máxima será del 50% del gasto subvencionable, con un límite máximo de 5.000€.