AUTOCONSUMO/ALMACENAMIENTO FOTOVOLTAICA Y EÓLICA – PAÍS VASCO

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde 11 de noviembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.

ORGANISMO

Ente Vasco de la Energía. Gobierno del País Vasco.

Se trata de una subvención a fondo perdido, para actuaciones de autoconsumo, almacenamiento y usos térmicos de energías renovables en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

BENEFICIARIOS

  • Empresas en general
  • Agrupaciones de empresas
  • Autónomos

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento. Los destinatarios deben desarrollar su actividad en los CNAE: G, H, I, J, K, L M, N, O, P, Q, R o S.

Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento. Los destinatarios deben desarrollar su actividad en los CNAE correspondiente al grupo A01, excepto el 017, o dentro de un CNAE correspondiente a los grupos B, C, D, E o F.

Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.

GASTOS SUBVENCIONABLES

  1. La inversión en equipos y materiales.
  2. Los costes de ejecución de las obras y/o instalaciones.
  3. Equipamientos electromecánicos, hidráulicos, de control y auxiliares.
  4. Sistema eléctrico general de Alta Tensión y Baja Tensión, incluyendo transformadores, línea de evacuación y sistemas e infraestructuras eléctricas adicionales hasta el punto de conexión con la red eléctrica de transporte o distribución,
  5. Sistemas de gestión, control activo y monitorización.
  6. Sistemas de medición del recurso en el emplazamiento, incluyendo sondeos exploratorios y ensayos TRT.
  7. Obras civiles para la correcta ejecución del proyecto.
  8. El coste del desmantelamiento de las instalaciones existentes en el emplazamiento.
  9. Los costes de la redacción de los proyectos o memorias técnicas.
  10. Los costes de la dirección facultativa.
  11. Coordinación de Seguridad y Salud de la obra y montaje
  12. Los costes de gestión de la solicitud de la ayuda, incluida la redacción de informes y demás documentación requerida para la solicitud. La intensidad será del 4 % del importe de la ayuda con un límite máximo de 3.000€.
  13. Los costes de gestión de la justificación de la realización de las actuaciones.
  14. El informe del auditor.
  15. Otras partidas que sean debidamente justificadas como necesarias (auxiliares o no).

CUANTÍA

 

 

Actuaciones:

FOTOVOLTAICA Y EOLICA

 

Coste unitario instalación de referencia (Cuf) (€/kW)

 

Coste

subvencionable

unitario

máximo

(€/kW)

Ayuda (sobre coste subvencionable)

% ayuda

gran empresa

% ayuda

mediana empresa

% ayuda

pequeña empresa

Instalación Fotovoltaica autoconsumo

(1.000 kWp < P ≤5.000 kWp).

120

460 15% 25%

35%

Instalación Fotovoltaica autoconsumo Potencia  (100 kWp< P ≤ 1.000 kWp). 749 15% 25%

35%

Instalación Fotovoltaica autoconsumo (10 kWp < P ≤ 100 kWp).

910 15% 25%

35%

Instalación Fotovoltaica autoconsumo  (P ≤10kWp). 1.188 15% 25%

45%

Instalación eólica (500 kW < P ≤5.000 kW) para autoconsumo.

258

1.070 20% 30%

40%

Instalación eólica (20 kW < P ≤ 500 kW) para autoconsumo.

129 3.072 30% 40%

50%

Instalación eólica (P ≤ 20 kW) para autoconsumo.

86

4.723 30% 40%

50%

 

 

ACTUACIONES Incorporación de ALMACENAMIENTO al proyecto de instalación de energía renovable para autoconsumo

 

Coste subvencionable unitario máximo de la instalación de almacenamiento (€/kWh

Ayuda (sobre coste subvencionable)

% ayuda

gran empresa

% ayuda

mediana empresa

% ayuda

pequeña empresa

 (5.000 kWh < P ).

200

45% 55%

65%

 (100 kWh < P ≤ 5.000 kWh ).

350

45% 55%

65%

 (10 kWh < P ≤ 100 kWh).

500

45% 55%

65%

 (P ≤ 10 kWh).

700

45% 55%

65%

El límite máximo de ayuda por empresa y proyecto no podrá superar los 15 millones de euros.

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