AYUDA A LA INNOVACION – COMPRA PÚBLICA – VALENCIA

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 13 de abril hasta el 6 de mayo de 2022

ORGANISMO

Agencia Valenciana de la Innovación. IVACE

El objetivo de este programa es potenciar el desarrollo de mercados innovadores a través de la contratación pública, incentivar la compra pública innovadora desde el lado de la demanda del gestor público y desde el lado de la oferta, es decir, de las empresas, estimulándolas a participar y presentar ofertas innovadoras en los procesos de Compra Pública Innovadora (CPI).

BENEFICIARIOS

Línea 1. Fomento de los proyectos de I+D+i destinados a la Compra Pública de Innovación

Podrán tener la condición de entidades beneficiarias las empresas y organismos de investigación, con capacidad de proveer de soluciones tecnológicas a las administraciones

Línea 2. Impulso de la demanda de licitaciones de productos y servicios innovadores

Podrán tener la condición de entidades beneficiarias las entidades locales de la Comunidad Valenciana con personalidad jurídica propia creadas bajo la dependencia o vinculación de las entidades locales para cumplir funciones concretas de servicio público o intervención administrativa

GASTOS SUBVENCIONABLES

Línea 1. Fomento de los proyectos de I+D+i destinados a la Compra Pública de Innovación.

  • Gastos de personal, incluyendo salarios y cuotas de la Seguridad Social, empleado en centros de la Comunitat Valenciana, en la medida en que estén dedicados al desarrollo del proyecto. En caso de proyectos de I+D los gastos de personal podrán referirse a personal investigador, personal técnico y demás personal auxiliar.
  • Gastos de contratos de investigación y desarrollo o innovación con centros tecnológicos o de investigación.
  • Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al proyecto.
  • Gastos de adquisición de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
  • En caso de PYME, gastos de registro de derechos de propiedad industrial o intelectual derivados de la ejecución del proyecto.
  • Gastos de material fungible y suministros similares que se deriven directamente del proyecto. Se excluye material de oficina y consumibles informáticos.
  • Gastos de material inventariable en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto; en caso de que el instrumental y el material no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto. Se excluyen los dispositivos informáticos de uso genérico.
  • En caso de proyectos de innovación en materia de producto, gastos de inversión en equipamiento y demás material inventariable, necesario para el desarrollo de las actividades. Se excluyen los dispositivos informáticos de uso genérico.
  • Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto.

 

Línea 2. Impulso de la demanda de licitaciones de productos y servicios innovadores.

  • Gastos de personal, incluyendo salarios y cuotas de la Seguridad Social, empleado en centros de la Comunitat Valenciana, en la medida en que estén dedicados al desarrollo del proyecto.
  • Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al proyecto.
  • Gastos de material fungible y suministros similares que se deriven directamente del proyecto. Se excluye material de oficina y consumibles informáticos.
  • Gastos de desplazamiento y alojamiento de personal con motivo de las actividades del proyecto. Los gastos que se imputen estarán limitados por los importes establecidos en el Decreto 24/1997, de 11 de febrero, del Gobierno Valenciano, sobre indemnizaciones por razón del servicio y gratificaciones por servicios extraordinarios y sus respectivas modificaciones. No se consideran elegibles los gastos de restauración; respecto a los gastos de transporte, únicamente serán elegibles los gastos de desplazamiento en medios públicos de transporte interurbano y, todos ellos del personal propio de la entidad solicitante con motivos de las actividades del proyecto.
  • Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto.
  • El coste máximo subvencionable del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto será de 1.400 euros por anualidad, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de ayuda.

CUANTÍA

Línea 1. Fomento de los proyectos de I+D+i destinados a la Compra Pública de Innovación.

Las intensidades máximas de ayuda, establecidas como porcentaje sobre los costes subvencionables, son las que se establecen en las bases reguladoras

 

Línea 2. Impulso de la demanda de licitaciones de productos y servicios innovadores.

La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 100% de los costes considerados como subvencionables.

 

En ambas líneas de actuación el importe máximo de ayuda será 150.000 euros por anualidad.