AYUDAS A LA DANZA, LA LÍRICA Y LA MÚSICA

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Hasta el 29 de marzo de 2024

ORGANISMO

Ministerio de Cultura y Deporte. INAEM

Subvención a fondo perdido, para apoyar a programas de danza, lírica y la música.

BENEFICIARIOS

Personas físicas

Personas jurídicas

GASTOS SUBVENCIONABLES

ACCIONES SUBVENCIONABLES

Ayudas a la lírica y la música.

B1. Programas de apoyo para giras por España y por el extranjero: En esta modalidad de ayudas para giras por España cabe distinguir dos sub modalidades:

B1.1. Apoyo a intérpretes y agrupaciones de lírica y música para giras por España y por el

extranjero.

Se convocan ayudas a intérpretes y agrupaciones de lírica y música que presenten un proyecto de gira nacional y/o por el extranjero a realizar entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023.

Los solicitantes de giras por España deben presentar un proyecto que contemple la realización de un mínimo de seis funciones fuera de la Comunidad Autónoma donde el solicitante tenga su

domicilio social. La gira deberá extenderse por, al menos, dos Comunidades Autónomas distintas de la propia. Los solicitantes de ayudas a giras por el extranjero deberán acreditar documentalmente haber sido invitados a participar, en festivales, certámenes, congresos o actividades similares por la organización responsable de los mismos.

B1.2. Apoyo a las giras de coproducciones de lírica y música inter autonómicas.

Podrán presentarse a esta modalidad empresas productoras de lírica y música que presenten un proyecto de gira por España con los siguientes requisitos:

  • Que se trate de un proyecto conjunto emprendido por un mínimo de tres empresas productoras procedentes de, al menos, tres Comunidades Autónomas o Ciudades con Estatuto de Autonomía distintas y que acrediten cada una de ellas haber realizado, al menos, tres producciones propias en los siete años inmediatamente anteriores.
  • La aportación financiera mínima de cada miembro del proyecto será del 20 por ciento del total de gastos del mismo. Además, al menos, dos de los partícipes deberán aportar recursos técnicos y artísticos al proyecto.
  • La gira subvencionada comprenderá, al menos, seis funciones en cada una de las Comunidades Autónomas o Ciudades con Estatuto de Autonomía de las que procedan los partícipes.

Tanto la producción de la obra como la gira deberán realizarse en el año 2024. y todas las actuaciones incluidas en el proyecto de gira deberán ser remuneradas, salvo aquellas que tengan carácter promocional y, además, tengan lugar en el marco de ferias profesionales nacionales o internacionales. Se admitirán en el presupuesto los gastos de coproducción previos al estreno y los gastos de la gira posteriores al mismo.

B3. Programas de apoyo a festivales, muestras, certámenes y congresos de lírica y música.

Se convocan ayudas destinadas a festivales, muestras, certámenes y congresos de lírica y música

que se desarrollen entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023.El proyecto presentado en el caso de festivales, muestras o congresos deberá consistir en funciones o actividades de agrupaciones o participantes procedentes de, al menos, tres Comunidades Autónomas o Ciudades con Estatuto de Autonomía distintas de aquella en que se celebre la actividad proyectada; de, al menos, dos Comunidades Autónomas o Ciudades con Estatuto de Autonomía cuando la actividad se celebre en Canarias, Illes Balears y Ciudades con Estatuto de Autonomía; o de, al menos, dos Comunidades Autónomas o Ciudades con Estatuto de Autonomía diferentes en el supuesto de festivales, muestras y congresos que se celebren en el extranjero.

B4. Programas de apoyo para la organización de temporadas líricas.

Se convocan ayudas destinadas a espacios escénicos y musicales y a entidades organizadoras de temporadas líricas con objeto de financiar el desarrollo de las mismas. No se admitirán solicitudes de empresas privadas adjudicatarias de la gestión de espacios escénicos y musicales de titularidad pública.

B5. Programas de apoyo a encargos de composición vinculados a estreno.

Será imprescindible que se trate de una composición original, inédita y que se estrene hasta el 31 de diciembre de 2024 en el marco del festival, concurso o temporada del grupo de música que solicita la ayuda.

B6. Programas de apoyo a residencias artísticas de lírica y música en el territorio nacional.

Se convocan ayuda destinadas a empresas privadas y corporaciones locales gestoras de espacios escénicos, que presenten un proyecto de residencia o laboratorio de creación de lírica o música con participación de creadores procedentes de al menos una Comunidad Autónoma distinta de aquella donde radique el espacio escénico.

B7. Programas de apoyo a empresas gestoras de salas privadas de música en vivo que desarrollen programaciones musicales estables.

Se convocan ayudas destinadas a empresas privadas para financiar los gastos de programación musical de las salas de música en vivo que tengan un aforo máximo de 3.500 personas y que tengan un mínimo de 5 años de antigüedad, incluidos el año de su apertura y aquel para el que se solicita la ayuda. Será requisito que las programaciones, por su repercusión, trayectoria y proyección, tengan ámbito, relevancia o difusión nacional o internacional en virtud del volumen, calidad e impacto social de su programación.

B8. Programas de apoyo a circuitos de música organizados por redes de salas de música en vivo.

Se convocan ayudas destinadas a apoyar la organización de circuitos para la exhibición de actuaciones musicales en vivo promovidos por redes de salas de música, con objeto de financiar, preferentemente, los gastos de programación de las actuaciones de las formaciones musicales en circuito. Será imprescindible que participen en el circuito un mínimo de seis salas de, al menos, tres Comunidades Autónomas o Ciudades con Estatuto de Autonomía.

 Serán subvencionables las actividades desarrolladas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.

CUANTÍA

La intensidad máxima de la ayuda será del 65% del coste total del proyecto.

La ayuda concedida no sobrepasará las siguientes cantidades:

Modalidad B1:

Sub modalidad B1.1: 75.000 €.

Sub modalidad B1.2: 75.000 €.

Modalidades B3,B4 y B7: 100.000 euros.

Modalidad B5:  15.000 €.

Modalidad B6:  25.000 €.