Ayudas a la modernización e innovación de las industrias culturales y creativas

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Hasta el 26 de mayo de 2023

ORGANISMO

Ministerio de Cultura y Deporte

Se trata de una subvención a fondo perdido, para la modernización e innovación de las industrias culturales y creativas mediante proyectos digitales y tecnológicos.

BENEFICIARIOS

  • Autónomos
  • Microempresas
  • Pymes

De los siguientes sectores: arquitectura, artes audiovisuales, artes escénicas, artes plásticas y visuales, artes interactivas, cine, diseño, gestión cultural, libros, moda, música y danza, nuevos medios de comunicación, patrimonio cultural, publicidad, radio y televisión y turismo cultural.

FINALIDAD DE LOS PROYECTOS

  1. a) Promover las inversiones para la creación y difusión de contenidos digitales culturales en productos y servicios aumentando a su vez la calidad de la oferta legal de contenidos digitales culturales en Internet y mejorando el acceso de los ciudadanos a los mismos.
  2. b) Promover las inversiones que permitan la modernización, innovación y desarrollo tecnológico de las industrias culturales y creativas.
  3. c) Incrementar la generación de empleo fomentando el desarrollo, la profesionalización y la vertebración del sector de las industrias culturales y creativas.
  4. d) Impulsar la internacionalización de las industrias culturales y creativas y fomentar la oferta turística cultural mediante aplicaciones vinculadas a Internet y a las nuevas tecnologías.
  5. e) Estimular la participación del sector privado en la financiación de proyectos culturales y fomentar el mecenazgo cultural.

GASTOS SUBVENCIONABLES

  • Inmovilizados intangibles, tales como investigación, desarrollo, propiedad intelectual y aplicaciones informáticas.
  • Inmovilizados materiales, como instalaciones técnicas, maquinaria, utillaje, otras instalaciones, equipos de oficina y equipos para procesos de información.
  • Las retribuciones de las relaciones laborales de los socios de la empresa con la propia empresa, no pudiendo superar el 20% del importe de la ayuda concedida.
  • En el caso de autónomos, el trabajo desarrollado por sí mismo para la ejecución del proyecto no podrá superar el 20% del importe de ayuda concedida.
  • Los gastos de publicidad, comunicación y difusión comercial de la actividad no podrán exceder el 30% de la ayuda concedida.

El plazo de ejecución será entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de junio de 2024.

CUANTÍA

La intensidad máxima de la ayuda será el 80% del total del proyecto, limitada por las siguientes cantidades:

 

Puntuación del proyecto Cuantía máxima
95-100 80.000 euros
90-94,99 70.000 euros
85-89,99 60.000 euros
80-84,99 55.000 euros
75-79,99 50.000 euros
70-74,99 45.000 euros
65-69,99 40.000 euros
60-64,99 35.000 euros
55-59,99 30.000 euros
50-54,99 25.000 euros