Se trata de una subvención a fondo perdido, dentro de la Convocatoria para apoyar a programas de danza, lírica y música.
B1. Programas de apoyo para giras por España y por el extranjero:
En esta modalidad de ayudas para giras por España cabe distinguir dos sub modalidades:
B1.1. Apoyo a intérpretes y agrupaciones de lírica y música para giras por España y por el extranjero.
Se convocan ayudas a intérpretes y agrupaciones de lírica y música que presenten un proyecto de gira nacional y/o por el extranjero a realizar entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023.
Los solicitantes de giras por España deben presentar un proyecto que contemple la realización de un mínimo de seis funciones fuera de la Comunidad Autónoma donde el solicitante tenga su domicilio social. La gira deberá extenderse por, al menos, dos Comunidades Autónomas distintas de la propia. Los solicitantes de ayudas a giras por el extranjero deberán acreditar documentalmente haber sido invitados a participar, en festivales, certámenes, congresos o actividades similares por la organización responsable de los mismos.
B1.2. Apoyo a las giras de coproducciones de lírica y música inter autonómicas.
Podrán presentarse a esta modalidad empresas productoras de lírica y música que presenten un proyecto de gira por España con los siguientes requisitos:
Tanto la producción de la obra como la gira deberán realizarse en el año 2023. Se admitirán en el presupuesto los gastos de coproducción previos al estreno y los gastos de la gira posteriores al mismo.
B3. Programas de apoyo a festivales, muestras, certámenes y congresos de lírica y música.
Se convocan ayudas destinadas a festivales, muestras, certámenes y congresos de lírica y música que se desarrollen entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023.El proyecto presentado en el caso de festivales, muestras o congresos deberá consistir en funciones o actividades de agrupaciones o participantes procedentes de, al menos, tres Comunidades Autónomas o Ciudades con Estatuto de Autonomía distintas de aquella en que se celebre la actividad proyectada; de, al menos, dos Comunidades Autónomas o Ciudades con Estatuto de Autonomía cuando la actividad se celebre en Canarias, Illes Balears y Ciudades con Estatuto de Autonomía; o de, al menos, dos Comunidades Autónomas o Ciudades con Estatuto de Autonomía diferentes en el supuesto de festivales, muestras y congresos que se celebren en el extranjero.
Serán subvencionables las actividades desarrolladas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023.
La intensidad máxima de la ayuda será del 65% del coste total del proyecto.
La ayuda concedida no sobrepasará las siguientes cantidades:
Modalidad B1:
Modalidades B3: 150.000 euros.