Ayudas que se concederán de forma directa, mediante convocatoria abierta, para el acceso a mercados exteriores de empresas extremeñas denominado “Cheque Exporta”, para el ejercicio 2026.
Personas físicas y jurídicas que ejerzan una actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura
que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Desarrollar en Extremadura actividades de transformación, de fabricación, de construcción, de instalación o de producción, así como de comercio al por mayor y de servicios.
b) Tener un volumen de ventas fuera de España con relación al volumen total de operaciones, del ejercicio contable anterior a la fecha de publicación de la convocatoria inferior al 80%.
c) No haber sido beneficiario de esta misma actuación para el mismo mercado en las dos convocatorias anteriores a la que se solicita.
Tendrá la consideración de subvencionable, la elaboración de un plan de internacionalización para la empresa extremeña que se está iniciando en el acceso a mercados exteriores o que hayan optado por diversificar su actividad exportadora, realizada por personal cualificado y en el que deberá figurar como mínimo:
1º. Diagnóstico inicial:
-Evaluación de la capacidad de la empresa para comprender las necesidades y objetivos del cliente.
2º. Análisis de viabilidad económica y plan financiero:
– Análisis financiero de la empresa.
– Viabilidad económica de la expansión internacional.
3º. Selección de mercados:
– Análisis exhaustivo de los mercados objetivo y competencia internacional en el sector específico.
– Identificación de oportunidades y riesgos en diferentes regiones.
4º. Forma de entrada y posicionamiento:
– Definición de la estrategia de acceso al mercado extranjero.
– Consideraciones legales y regulatorias de cada país.
5º. Política de producto/servicio, precio y comunicación:
– Evaluación específica para productos o servicios en los mercados seleccionados.
– Estrategias de marketing y ventas internacionales, así como aspectos operativos y logísticos.
6º. Hoja de ruta y herramientas de análisis:
– Elaboración de una hoja de ruta respecto a los pasos a seguir por parte de la empresa, en materia de internacionalización.
– Herramientas a utilizar para evaluar oportunidades y riesgos.
Se considerarán gastos subvencionables los gastos correspondientes a la contratación de servicios técnicos para la realización de la actividad subvencionada
No siendo subvencionables, los planes de internacionalización que no sean originales, y que contengan meras generalidades sobre sectores, mercados de acceso y oportunidades.
Las ayudas consistirán en una subvención del 90% del coste de la inversión presentado por la empresa, siendo la inversión máxima subvencionable de 6.000 euros por expediente.
En cualquier caso, la inversión mínima subvencionable deberá alcanzar la cantidad de 1.500 euros.