Subvenciones para inversiones realizadas en establecimientos comerciales minoristas ubicados en Navarra e integrados en trama urbana.
Empresas Micro, pequeña o mediana que además deberán cumplir los siguientes requisitos:
| CLASES DE PROYECTOS | TAMAÑO EMPRESARIAL |
| Modernización y reforma (MR) | Micro, pequeña o mediana |
| Traspaso comercial (TC) | Micro o pequeña empresa |
| Comercio no sedentario (CNS) | Micro o pequeña empresa |
| Emprendimiento comercial (EC) | Micro o pequeña empresa |
| Digitalización comercial (DC) | Micro o pequeña empresa |
Proyectos de modernización y reforma de establecimientos comerciales (MR). Haber venido realizando el ejercicio directo de una actividad comercial minorista en Navarra con anterioridad al 1 de octubre de 2024 y, de forma ininterrumpida, desde dicha fecha hasta la fecha de presentación de la solicitud de la subvención, a cuyos efectos se tomará en consideración la información obtenida del IAE.
Serán subvencionables los siguientes proyectos:
a) Modernización y reforma de establecimientos comerciales (MR).
–Inversiones para modernizar, reformar o renovar establecimientos comerciales ya existentes y para acondicionar y equipar locales donde ubicar establecimientos comerciales que se trasladan o locales donde ubicar nuevos establecimientos comerciales cuando ello suponga el incremento del número de establecimientos comerciales de la empresa.
–Obras de rehabilitación, adecuación y renovación de las instalaciones, locales e imagen de los establecimientos comerciales.
–Equipamiento comercial de los establecimientos comerciales
-Honorarios por servicios técnicos profesionales imprescindibles y directamente relacionados con las actuaciones
-Inversiones de digitalización comercial.
b) Traspaso comercial (TC).
c) Comercio no sedentario (CNS).
d) Emprendimiento comercial (EC).
e) Digitalización comercial (DC).
-Inversiones necesarias para la transformación digital de las pymes mediante la implantación tanto de equipamiento digital como de aquellas herramientas y desarrollos tecnológicos que permitan mejorar la gestión del negocio y su adaptación a los hábitos de compra de los consumidores.
Las inversiones deberán ejecutarse entre el 18 de octubre de 2024 y el 17 de octubre de 2025, ambos inclusive.
Inversión mínima exigida (IVA excluido):
| TAMAÑO DE LA EMPRESA | ||||
| CLASE PROYECTO | MICRO-EMPRESA | PEQUEÑA EMPRESA | MEDIANA EMPRESA | INVERSIÓN MÍNIMA |
| Modernización y reforma | 10.000 | 27.000 | 105.000 | Por establecimiento comercial |
| Traspaso comercial | 2.000 | 10.000 | – | Por establecimiento comercial |
| Comercio no sedentario | 1.500 | 1.500 | – | Por empresa |
| Emprendimiento comercial | 5.000 | 17.000 | – | Por establecimiento comercial |
| Digitalización comercial | 2.000 | 5.000 | – | Por empresa |
El importe de la subvención será el obtenido tras aplicar los porcentajes señalados a continuación sobre la inversión subvencionable (IVA excluido) con los siguientes máximos:
| CLASE DE PROYECTO | %SUBVENCIÓN | IMPORTE MÁXIMO SUBVENCIÓN | LÍMITE SUBVENCIÓN |
| Modernización y reforma | 40 | 45.000 | Por establecimiento comercial |
| Traspaso comercial | 80 | 50.000 | Por establecimiento comercial |
| Comercio no sedentario | 60 | 10.000 | Por empresa |
| Emprendimiento comercial | 50 | 45.000 | Por establecimiento comercial |
| Proyectos digitalización comercial | 70 | 10.000 | Por empresa |
La subvención máxima por empresa solicitante no podrá superar 50.000€