Ayudas para el fomento del empleo de jóvenes mediante contratos para la obtención de la práctica profesional.
Empresas privadas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, las personas trabajadoras autónomas, los/as profesionales colegiados/as, las asociaciones, las fundaciones, las entidades sin ánimo de lucro, las sociedades civiles y las agrupaciones privadas de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aunque carezcan de personalidad jurídica.
Los contratos se concertarán con personas menores de 30 años desempleadas, empadronadas en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que en el momento de la contratación figuren inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo
Serán objeto de subvención los contratos para la obtención de la práctica profesional, a jornada completa y con una duración de doce meses y se deberá mantener la contratación objeto de subvención durante un periodo de doce meses y a jornada completa, contados a partir de la fecha de alta.
Las cuantías serán en función de la remuneración anual bruta, incluidas las pagas extraordinarias, que se fije en el contrato de trabajo objeto de subvención. Estas cuantías se incrementarán en un 25% (“Incremento Excelencia”), cuando la persona contratada esté en posesión de un título universitario o de un título de técnico o técnico superior del Grado D, así como de un título de Especialista o Máster Profesional incluidos en el Grado E del sistema de Formación Profesional o títulos equivalentes, obtenido con una nota media del expediente académico igual o superior a un 8.
Se establece la siguiente escala según el tramo en el que se encuadre la remuneración anual bruta:
Tramos según la remuneración anual bruta a jornada completa | Cuantía de las ayudas | Cuantía de las ayudas con “Incremento Excelencia” | |
Tramo 1 | Desde el Salario mínimo interprofesional hasta 20.000euros | 9.000 euros | 11.250 euros |
Tramo 2 | Superior a 20.000 y hasta 25.000euros | 10.000 euros | 12.500 euros |
Tramo 3 | Superior a 25.000 y hasta 30.000 euros | 11.000 euros | 13.750 euros |
Tramo 4 | Superior a 30.000 euros | 12.000 euros | 15.000 euros |
Se incrementarán en un 10% adicional cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
-Puesto de trabajo donde la persona trabajadora objeto de subvención presta sus servicios habitualmente, o al que está adscrita según su acuerdo de trabajo a distancia (teletrabajo), se sitúa en una localidad de menos de 5.000 habitantes