DOCTORADOS INDUSTRIALES – PAIS VASCO

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Hasta el 25 de abril de 2023

ORGANISMO

Consejería de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

Se trata de ayudas destinadas al desarrollo de proyectos de I+D, mediante la contratación de personas doctoradas y la realización de doctorados industriales en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Programa Bikaintek.

BENEFICIARIOS

a) Empresas ubicadas o que tengan una instalación productiva en el País Vasco.

b) Los agentes integrados en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación -RVCTI-, en las categorías de Centros Tecnológicos, Centros de Investigación Cooperativa y Unidades de I+D empresariales

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Serán subvencionables las siguientes actuaciones:

a) La contratación de personas investigadoras con título de doctor o doctora para su dedicación a proyectos de I+D desarrollados por las entidades beneficiarias

b) La formación de doctorandos y doctorandas industriales que participe en un proyecto de investigación industrial, alineado con las prioridades estratégicas del PCTI 2030, en el que se enmarcará su tesis doctoral.

– La retribución bruta anual mínima para la contratación de personas con título de doctor o doctora queda fijada en 32.000 euros, y para la formación de doctorandos industriales en 20.000 euros.

– Por persona contratada, la cuantía máxima anual de los costes subvencionables no superará los 60.000 euros en la línea de contratación de personas tituladas doctoras y los 40.000 euros en la línea de doctorados industriales.

– En la línea de realización de doctorados industriales, el gasto máximo subvencionable en concepto de estancias a realizar durante el periodo completo de formación queda fijado en 12.000 euros. En este apartado, los gastos de manutención subvencionables no superarán los 50 euros por día de estancia.

GASTOS SUBVENCIONABLES

a) Costes directos: costes de contratación de la persona investigadora candidata (la suma de la retribución bruta más la cuota empresarial de la Seguridad Social, descontadas las cuotas bonificadas anuales, si las tuviere).

b) Costes indirectos. Se computará como coste indirecto el 15 % de los costes directos de personal subvencionables.

CUANTÍA

La intensidad máxima de la ayuda será:

  • 70% para Pequeña Empresa
  • 60% para Mediana Empresa
  • 50% para Gran empresa, Centro Tecnológico, CIC y Unidad de I+D empresarial