EMPRENDEDORES 2025- LEÓN

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Hasta el 3 de octubre de 2025

ORGANISMO

Diputación Provincial de León

Subvención a fondo perdido, para apoyar el inicio de una actividad empresarial de un emprendedor cuyo domicilio fiscal y de la actividad se encuentre en un municipio de menos de 20.000 habitantes de la Provincia de León.

BENEFICIARIOS

Personas físicas que cumpla con los siguientes requisitos:

  • Iniciar la instalación de un proyecto empresarial, como titular o cotitular y causa alta en el IAE, entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2025
  • En localidades de más de 2000 habitantes no se admitirán las altas en la agrupación 67 del IAE
  • Que el proyecto empresarial cuente con un plan de empresa que explique la idea del mismo y una proyección de al menos tres años y sea viable
  • Que el domicilio de la actividad y el fiscal se encuentre en un municipio de menos de 20000 hab.
  • El beneficiario que sea profesional liberal deberá de tener despacho abierto en el municipio del alta del IAE
  • Que no se encuentre dentro de los tres años anteriores a la edad mínima de jubilación
  • No haber sido beneficiario en convocatorias anteriores
  • Que entre el 1 de octubre de 2024 y 30 de septiembre de 2025 cause su primera alta en el RETA, o que, llevando al menos dos meses en situación de no alta, proceda a darse de alta en una actividad diferente (la no coincidencia de los tres primeros dígitos en la CNA)

GASTOS SUBVENCIONABLES

Los gastos devengados por el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos para una base de cotización máxima de 1.184,00 €, equivalente al salario mínimo interprofesional propuesto para el ejercicio 2025, y una cotización del 31,20% (contingencias comunes 28,30%, contingencias profesionales 1,30%, cese de actividad 0,90%, formación profesional 0,10% y mecanismo de equidad intergeneracional 0,60%) que tendrá la consideración de límite máximo.

Si el beneficiario en el periodo subvencionable estuviese en situación de IT por maternidad o cualquier otra circunstancia asimilada, el periodo subvencionable no se prorrogará.

CUANTÍA

La intensidad máxima de la ayuda será del 90% de la cuota que el emprendedor pague como consecuencia del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos durante veinticuatro meses, que deberán ser continuados.

PLAZOS:

Primer plazo: hasta el 30 de junio de 2025

Segundo plazo: del 1 de julio al 2 de octubre de 2025

Tercer plazo: del 1 de septiembre de 202 hasta el 3 de octubre de 2025

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