EMPRESAS BASE TECNOLÓGICA – ASTURIAS 2024

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Hasta el 18 de septiembre de 2024

ORGANISMO

Conserjería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo. ASTURIAS

Subvenciones en concurrencia competitiva para fomentar la puesta en marcha y desarrollo de Empresas de base tecnológica con el fin de que los proyectos de investigación y desarrollo puedan convertirse en realidad empresarial dentro del ámbito territorial del Principado de Asturias. Programas de ayuda a las actuaciones I+D+I de las empresas.

BENEFICIARIOS

Empresas de base tecnológica (cuya actividad se centra en la explotación de productos que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora

TIPOS DE PROYECTOS SUBVENCIONABLES

  • Proyectos de Investigación, Desarrollo o Innovación individuales o en colaboración.
  • Proyectos de Investigación o Desarrollo en colaboración liderados por empresas tractoras.
  • Proyectos de Desarrollo o innovación orientados a promover la innovación abierta.
  • Proyectos para la puesta en marcha y el desarrollo de Empresas de Base Tecnológica.

 

Los proyectos subvencionables deberán referirse a alguna de las temáticas destacadas en los campos de especialización de la estrategia Asturias RIS3:

  • Materiales avanzados y sostenibles.
  • Nuevos modelos de producción.
  • Suministros. Tecnología para redes.
  • Asturias Polo Industrial del Acero.
  • Mercados agroalimentarios.
  • Envejecimiento demográfico y calidad de vida.

Los proyectos subvencionables deberán corresponder además a actuaciones innovadoras de marcado carácter tecnológico y enmarcarse en su totalidad en alguna de las siguientes categorías:

  • Investigación Industrial.
  • Desarrollo experimental.
  • Innovación en materia de procesos y organización.
  • Estudios de viabilidad.
  • Creación y desarrollo de Empresas de Base Tecnológica (EBTs).

GASTOS SUBVENCIONABLES

  1. Activos fijos. Costes de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto.
  2. Personal técnico. Gastos de personal necesarios para la realización del proyecto, en la medida en que estén dedicados al mismo.
  3. Adquisición de materias primas, suministros y productos similares, de naturaleza consumible en la medida y durante el período que se utilicen para el proyecto.
  4. Colaboraciones externas. Contratación de universidades, centros públicos de investigación, centros tecnológicos, o empresas de consultoría/ingeniería especializada, destinados de manera exclusiva al proyecto.
  5. Adquisición de patentes. Adquisición de patentes por licencia de fuentes externas, destinadas de manera exclusiva al proyecto.
  6. Protección de propiedad industrial. Gastos de registro de propiedad industrial de los resultados del proyecto (sólo para las pymes).
  7. Investigadores en comisión de servicio. Costes de personal altamente cualificado en comisión de servicio procedente de un organismo de investigación o difusión de conocimientos o una gran empresa, que trabaje en actividades de I+D+i en una función recientemente creada en el beneficiario y que no sustituya a otro personal (sólo para las pymes).
  8. Otros gastos para EBTs. otros gastos necesarios para la creación y desarrollo de empresas de Base tecnológica (para Pymes)
  9. Auditoría. Coste del informe del auditor de cuentas para la revisión de la cuenta justificativa del proyecto, hasta una cuantía máxima subvencionable de 2.000 €.
  10. Costes indirectos. Dependiendo de la tipología de proyecto (desde un 5% hasta un 15%)

CUANTÍA

Cuantía máxima del 75% con un límite de 100.000 euros para los proyectos de la Fase I, y del 50% con un límite de 50.000 euros para los proyectos de la Fase II