PLAZO DE SOLICITUD Hasta el 31 de diciembre de 2021
ORGANISMO Empresa Nacional de Innovación S.A.
Se trata de un préstamo, para Apoyar proyectos empresariales de base tecnológica, a través de la financiación, con el objetivo de estimular e impulsar la transformación digital de las pequeñas y medianas empresas del sector agroalimentario y del medio rural.
BENEFICIARIOS
Pequeñas y medianas empresas agroalimentarias de toda la cadena de valor, incluidas las situadas en el medio rural que desarrollen actividades innovadoras y/o de base tecnológica que apliquen sobre ésta (agroTIC), con especial atención a aquellas con capacidad de generar empleo de calidad para jóvenes y mujeres, y que acometan las inversiones necesarias y lleven a cabo su proyecto empresarial basando su actividad en la generación de nuevos productos, procesos o servicios.
CONDICIONES
El importe del préstamo, será como mínimo 25 000 € con un límite máximo de 1 500 000 €.
Para la determinación del importe se valorará, entre otros factores, la cuantía de fondos propios y la estructura financiera de la sociedad.
- El tipo de interés se aplicará en dos tramos:
- Primer tramo: euríbor + 3,75 %
- Segundo tramo: aplicamos un interés variable en función de la rentabilidad financiera de tu empresa, con un límite máximo establecido entre el 3 % y el 8 %, de acuerdo con la calificación (rating) de la operación.
- Comisión de apertura: 0,5 %.
- Vencimiento: máximo, 9 años.
- Carencia de principal: máximo, 7 años.
- Comisión por amortización anticipada: equivalente al importe que el préstamo hubiese devengado en concepto de segundo tramo de intereses si el préstamo se hubiera amortizado en los plazos acordados y el segundo tramo de interés se hubiese liquidado al tipo máximo, deduciendo los intereses de segundo tramo devengados hasta la fecha de amortización anticipada. Quedarán exentas de esta comisión las amortizaciones anticipadas que se produzcan como consecuencia de una operación de refinanciación.
- Comisión de vencimiento anticipado por cambio en el accionariado: En el caso de cambio en la mayoría de control de la empresa prestataria y/o de transmisión global por cualquier título de los activos de la empresa prestataria, se establece la opción a favor de ENISA de declarar el vencimiento anticipado del préstamo. En el caso de ejercer dicha opción, se establecerá una penalización por vencimiento anticipado, equivalente al importe que el préstamo hubiese devengado en concepto de segundo tramo de intereses -si el préstamo se hubiera amortizado en los plazos acordados y el segundo tramo de interés se hubiese liquidado al tipo máximo-, deduciendo los intereses de segundo tramo devengados hasta la fecha de vencimiento anticipado.
- Para la concesión del préstamo no se exigirán garantías adicionales a las del propio proyecto empresarial.