Ayudas para incentivar las siguientes actuaciones:
1/Fomento de la contratación indefinida y transformación en indefinidos de contratos de personas trabajadoras con discapacidad.
2/Fomento de la adaptación del puesto de trabajo o dotación de medios de protección personal de personas trabajadoras con discapacidad.
3/Fomento del tránsito del empleo protegido de los enclaves laborales al mercado de trabajo ordinario.
Las empresas colaboradoras que incorporen a personas trabajadoras con discapacidad procedentes de los enclaves laborales.
Las Cooperativas de Trabajo que incorporen como socios a personas trabajadoras con discapacidad.
Las empresas y entidades sin ánimo de lucro que incorporen a personas trabajadoras con discapacidad.
La contratación de trabajadores que tienen especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo:
REQUISITOS
Las empresas que contraten o incorporen trabajadores con discapacidad mediante un contrato indefinido podrán solicitar subvenciones, destinadas a la adaptación de los puestos de trabajo o dotación de equipos de protección necesarios para evitar accidentes laborales al trabajador con discapacidad o para eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten su trabajo.
La finalidad es favorecer el tránsito desde el empleo en los centros especiales de empleo al empleo en empresas del mercado ordinario de trabajo de las personas con discapacidad.
La empresa colaboradora deberá contratar con carácter indefinido a un trabajador del enclave laboral con discapacidad que presente especiales dificultades para acceso al mercado ordinario de trabajo.
La contratación de los trabajadores deberá realizarse sin solución de continuidad y transcurrido, al menos, tres meses desde el inicio del enclave o desde la incorporación del trabajador si ésta fuera posterior al inicio del enclave.
La celebración de contratos de duración indefinida o la transformación en indefinidos de contratos temporales se subvencionará con 3.907 € por contrato celebrado a jornada completa.
La adaptación del puesto de trabajo o dotación de medios de protección personal de trabajadores con discapacidad se subvencionará por una cuantía máxima de 901,52 €, con el límite, en todo caso, de la inversión realizada.
El fomento del tránsito del empleo protegido en los enclaves laborales al mercado de trabajo ordinario se subvencionará con 7.814 € por cada contratación indefinida de personas con discapacidad que presenten especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario celebrado a jornada completa.
A tiempo parcial, la cantidad anterior se reducirá en proporción a la jornada pactada.