FOMENTO DE AUTOEMPLEO – CASTILLA Y LEON

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Hasta el 4 de noviembre de 2022

ORGANISMO

Consejería de Empleo e Industria. ECYL

Se trata de una subvención a fondo perdido para promover el desarrollo de actividades económicas por cuenta propia en Castilla y León.

BENEFICIARIOS

Personas físicas que se establezcan por cuenta propia y hayan iniciado una actividad económica entre el 1 de septiembre de 2021 y el 4 de noviembre de 2022, siempre que cumplan los siguientes requisitos:

  • Haberse dado de alta en RETA o en Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente
  • Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo el día de inicio de la actividad.

GASTOS SUBVENCIONABLES

GASTOS SUBVENCIONABLES

  • Compra de bienes inmuebles.
  • Gastos de acondicionamiento del bien inmueble.
  • Derechos de traspaso del negocio.
  • Compra de mobiliario y equipamiento.
  • Compra de maquinaria, utillaje y herramientas.
  • Compra de equipos y aplicaciones informáticas. (excluidas licencias de uso de aplicaciones informáticas relacionadas con contabilidad o la gestión de nóminas y personal).
  • Compra de vehículo afecto a la actividad económica, rotulado con el nombre comercial de la empresa. No será necesaria la rotulación en los vehículos destinados al transporte de viajeros mediante contraprestación, ni los utilizados por agentes comerciales. No se admitirán los gastos de rotulación del vehículo.
  • Compra de equipos de oficina (fax, fotocopiadoras, telefonía, etc.).
  • Creación y diseño de páginas web.
  • Licencias, siempre que sean susceptibles de enajenación, cesión, arrendamiento o permuta.
  • Canon de franquicia.
  • Elementos de seguridad y prevención.
  • Aquellos otros gastos no incluidos anteriormente, necesarios para el Desarrollo de una actividad agrícola o ganadera.
  • Contratación de servicios externos para mejorar el desarrollo de la actividad económica (Intensidad máxima 75% del coste real del Servicio con un límite máximo de 2.000€.)
  • Realización de cursos de formación relacionados con la dirección y gestión de empresas y las nuevas tecnologías y la comunicación, (Intensidad máxima 75% del coste real del Servicio con un límite máximo de 2.400€).

La inversion minima será de 2.000€ y tanto el gasto como el pago deben estar realizados en el período comprendido entre los tres meses inmediatamente anteriores al inicio de la actividad (seis meses inmediatamente anteriores, si se trata de gastos realizados en bienes inmuebles), hasta los tres meses posteriores al día de inicio, con el límite de la fecha en que se presente la solicitud. El importe mínimo de cada factura a subvencionar será de 100€ excluido IVA.

CUANTÍA

 

TIPO DE BENEFICIARIO IMPORTE
General 5.000€
CIRCUNSTANCIAS ESPECIFICAS INCREMENTO
·        Persona – de 30 años

·        Persona + de 45 años

·        Persona desempleada de larga duración (12 meses)

·        Personas con discapacidad =>33%

·        Personas en riesgo de exclusión social

·        Personas inmigrantes, emigrantes CyL retornados o personas refugiadas

2000€
persona víctima de violencia familiar 1.250€
Que el centro de trabajo radique en un municipio de menos de 5.000 habitantes 1.000€
Responsabilidades familiares (cónyuge, hijos menores de 26 años, hijos con discapacidad, o menores de 18 años acogidos) 500€