Subvenciones en concurrencia no competitiva, con destino a potenciar la realización de proyectos de I+D de centros tecnológicos en colaboración efectiva con empresas, con el objeto de impulsar la investigación y la transferencia de conocimiento Proyectos en cooperación.
-Los centros tecnológicos de Castilla y León que cumplan alguna de las condiciones
-Las empresas con al menos un centro de trabajo productivo en Castilla y León.
Los centros tecnológicos deberán cumplir con los siguientes requisitos:
– Que formen parte, junto con al menos otra entidad, del Consejo de Administración, Patronato u órgano de gobierno de un centro tecnológico o de un Centro de Apoyo a la Innovación Tecnológica.
– Que el Centro Tecnológico o Centro de Apoyo a la Innovación Tecnológica de cuyo Consejo de Administración, Patronato u órgano de gobierno forme parte la entidad beneficiaria esté inscrito en el registro de centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal del
Ministerio de Ciencia e Innovación, creado en virtud del Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, o que esté inscrito en alguno de los registros de ámbito autonómico de similares características.
–Que la entidad beneficiaria de la subvención no tenga por único objeto social la subcontratación total o parcial de las actividades para las que haya obtenido subvención en el centro tecnológico o centro de apoyo a la innovación tecnológica del que forme parte.
Las actuaciones objeto de ayuda de las empresas, serán actividades de investigación industrial y/o desarrollo experimental en colaboración efectiva con otras empresas y centros tecnológicos, para la creación o mejora, desde el punto de vista tecnológico, de procesos productivos y/o productos concretos, realizados por las empresas en centros de trabajo de Castilla y León.
Para los centros tecnológicos y empresas, se consideran costes o gastos subvencionables los siguientes:
– Gastos de personal (investigadores, técnicos y personal auxiliar)
– Costes de colaboraciones externas, máximo del 50% del presupuesto total elegible del Proyecto.
No serán subvencionables las subcontrataciones con empresas vinculadas.
– Gastos generales directamente derivados del Proyecto. No podrá superar el 20% del gasto total.
– Costes de instrumental y material. Únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto individual de I+D
Cada proyecto individual consistirá en una subvención a fondo perdido.
Presupuesto proyectos: entre 100.000 € y 1.200.000 € para proyectos individuales y
entre 300.000 € y 2.500.000 € para proyectos en cooperación
Porcentaje máximo de ayuda para las empresas: hasta el 80%.
Porcentaje máximo de ayuda hasta el 100% para los Centros Tecnológicos.
Los proyectos tendrán una duración máxima de tres años ampliable mediante solicitud de los beneficiarios