Ayudas en concesión directa para la implantación de herramientas o aplicaciones de inteligencia artificial en la Comunidad Autónoma de Extremadura
PYMES con centro productivo en Extremadura
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
Las actuaciones en las que deberán basarse las aplicaciones tecnológicas de IA subvencionables son:
GASTOS SUBVENCIONABLES
Costes de consultoría, asistencia técnica y formación. Este apartado incluye los gastos relacionados de consultoría y asistencia técnica necesarios para el desarrollo e implantación de cualquiera de las actuaciones subvencionables. También se incluyen los gastos de formación directamente asociados al uso de las herramientas de IA implantadas. Se diferencia:
— Consultoría del propietario/fabricante de la herramienta principal señalada en anexo correspondiente de la convocatoria. El importe máximo de subvención por este concepto será de 5.000 €.
— Consultoría por parte de terceras empresas proveedoras diferentes al propietario/fabricante de las herramientas a implantar y directamente asociadas con la implantación de las soluciones señaladas en el anexo correspondiente de la convocatoria. El importe máximo de subvención por este concepto será de 15.000 €.
En cualquier caso, el importe de subvención por consultoría no podrá superar el 25% del importe de subvención que se conceda para el desarrollo, adquisición, adaptación e implantación de software necesario para cualquiera de las actuaciones subvencionables.
Desarrollo, adquisición, adaptación e implantación de software necesario para cualquiera de las actuaciones subvencionables. Se incluyen también en este apartado los gastos de suscripción, licencias y tokens de uso de herramientas de inteligencia artificial. En el ámbito de este decreto un token es la unidad mínima de procesamiento en un modelo de inteligencia artificial basado en lenguaje natural. Los modelos de IA procesan el texto dividiéndolo en unidades léxicas, denominadas comúnmente tokens, antes de generar respuestas, lo que influye en el coste computacional y por lo tanto en el coste del servicio. También se incluyen los gastos derivados de la contratación de servicio en la nube (cloud) necesarios para la implantación de las soluciones subvencionadas. El importe máximo de subvención por este concepto será de 80.000 €. Los gastos cuyo pago tengan carácter periódico o recurrente, serán subvencionables durante el periodo establecido
Los costes indirectos recogidos en el proyecto se fijan en el importe resultante de aplicar un tipo fijo del 3 % sobre los costes directos subvencionables recogidos con anterioridad
El importe de la subvención consistirá en un porcentaje del 85% de la inversión subvencionable, con un máximo de 100.000 euros por entidad beneficiaria, independientemente del número de actuaciones que vaya a llevar a cabo.