Subvenciones para actuaciones de eficiencia energética en empresas turísticas – Galicia 2026-2027 (TU986B), en régimen de concurrencia no competitiva
Personas físicas o jurídicas que sean pymes y sean titulares de establecimientos turísticos de alojamiento o restauración. El establecimiento debe estar inscrito, autorizado o clasificado en el REAT (Registro de Empresas y Actividades Turísticas de Galicia)
Establecimientos incluidos: Hoteles, establecimientos de turismo rural, apartamentos turísticos, viviendas turísticas, albergues turísticos, restaurantes, cafeterías y bares.
Auditoría energética previa; certificados de eficiencia energética; redacción de proyectos técnicos; dirección facultativa; ejecución de obras e instalaciones; equipos y materiales. Los costes de auditoría, certificados, proyectos y dirección facultativa tienen un límite conjunto del 15 % de la inversión subvencionable y máximo 25.000€.
Costes indirectos: Se admite un 3 % sobre los costes directos subvencionables, mediante el sistema de costes simplificados. Incluye, entre otros, gastos administrativos y de gestión administrativa y contable.
El proyecto debe ser integral y debe incluir, como mínimo, dos actuaciones de eficiencia energética y una o más actuaciones de energías renovables. Además, debe conseguir una mejora mínima del 30 % en el consumo de energía primaria de origen no renovable. Es obligatoria una auditoría energética previa
Eficiencia energética:
Energías renovables:
Costes mínimos de actuaciones:
| Actuación | Coste elegible mínimo |
| Envolvente térmica |
20.000 € |
| Geotermia | |
| Biomasa | |
| Aerotermia/hidrotermia | |
| Fotovoltaica autoconsumo | |
| Iluminación | 5.000 € |
| Solar térmica | 10.000 € |
Depende del ahorro conseguido en energía primaria de origen no renovable:
50 % si se acredita un ahorro mínimo del 30 %
70 % si el ahorro alcanza el 40 %
90 % si alcanza el 50 %.