INNOVACIÓN DISRUPTIVA PYMES-MADRID CAPITAL

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Convocatoria 2021 hasta el 12 de noviembre de 2021 Convocatoria 2022 desde el 1 al 31 de julio de 2022.

ORGANISMO

Ayuntamiento de Madrid.

Se trata de una subvención a fondo perdido, para el fomento de productos, herramientas o servicios de innovación disruptiva que tengan como finalidad su aplicación en el rediseño de procesos y/o el desarrollo de nuevos productos, servicios y modelos de negocio, en la ciudad de Madrid.

BENEFICIARIOS

  • Pymes

Encuadradas en los siguientes CNAE:

– 5829: Edición de otros programas informáticos

– 6201: Actividades de programación informática

– 6202: Actividades de consultoría informática

– 6203: Gestión de recursos informáticos

– 6209: Otros servicios relacionados con las tecnologías de la información y la informática

– 6311: Proceso de datos, hosting y actividades relacionadas

– 6312: Portales web

– 7022: Otras actividades de consultoría de gestión empresarial

– 7219: Otra investigación y desarrollo experimental en ciencias naturales y técnicas

– 8543: Educación universitaria

– 8299: Otras actividades de apoyo a las empresas n.c.o.p.

GASTOS SUBVENCIONABLES

  • Las inversiones, compras, básicamente de hardware y software o de cualquier otra herramienta vinculada con las TEIC, así como los gastos de contratación de consultoría necesarios para la implementación de las actuaciones del ámbito de la digitalización.
  • Gastos de personal destinado a la ejecución del proyecto: Gastos derivados de los costes laborales del personal técnico, investigador, tecnólogos, desarrolladores de negocio y demás personal auxiliar.
  • Los gastos externos por la contratación de servicios de consultoría.
  • Gastos de fomento de los habilitadores digitales para:
    • La implementación de soluciones de hibridación del mundo físico y digital (sistemas inteligentes, software relacionado con aplicaciones de gestión del sistema productivo, logístico o comercial, plataformas colaborativas, soluciones de inteligencia y control, tecnologías de comunicación, computación y cloud, ciberseguridad, low-end y embebidos, sensores, wearables, e-tags, realidad virtual e impresión 3D, robótica y vehículos no tripulados dentro del establecimiento, gemelo digital) de los procesos de producción, que al menos integre una línea de producción completa.
    • La fabricación de los sistemas definidos en el anterior párrafo.
      • Gastos de material, formación y de personal soportados por la empresa en la implantación de los proyectos
      • Otros gastos generales suplementarios, directamente derivados de la mejora competitiva o del proyecto de innovación.

 

Estos gastos deben desarrollarse en los siguientes periodos:

  • Para la convocatoria del año 2021: desde el 1 de julio del año 2020 hasta el 30 de septiembre del año 2021.
  • Para la convocatoria del año 2022: desde el 1 de octubre del año 2021 hasta el 30 de septiembre del año 2022.

CUANTÍA

La intensidad máxima de la ayuda será:

Modalidad Tamaño de empresa Inversión mínima (€) Porcentaje de

subvención máximo

cuantía máxima (€)
Digitalización 9 trabajadores o menos

25.000

75

50.000

Entre 10 y 49 trabajadores

50.000

50

50.000

Entre 50 y 249 trabajadores

100.000

25

50.000