Subvención a fondo perdido, para el fomento de productos, herramientas o servicios de innovación, que ofrezcan soluciones y aplicaciones para que las PYMES avancen en la transformación digital de sus modelos de negocio, a través de las mejoras tecnológicas de equipos y/o procesos, que permitan a las PYMES orientarse a modelos de producción y/o servicios de mayor valor añadido, y contribuyan a hacerlas más competitivas, seguras y sostenibles., en la ciudad de Madrid
Encuadradas en los siguientes CNAE:
– 5829: Edición de otros programas informáticos
– 6201: Actividades de programación informática
– 6202: Actividades de consultoría informática
– 6203: Gestión de recursos informáticos
– 6209: Otros servicios relacionados con las tecnologías de la información y la informática
– 6311: Proceso de datos, hosting y actividades relacionadas
– 6312: Portales web
– 7022: Otras actividades de consultoría de gestión empresarial
– 7112 Servicios técnicos de ingeniería y otras actividades relacionadas con el asesoramiento técnico
– 7219: Otra investigación y desarrollo experimental en ciencias naturales y técnicas
– 8543: Educación universitaria
– 8299: Otras actividades de apoyo a las empresas n.c.o.p.
Los gastos computables serán los efectuados desde el 1 de enero del año 2023 hasta el 31 de diciembre del año 2023.
La intensidad máxima de la ayuda será:
Modalidad | Tamaño de empresa | Inversión mínima (€) | Porcentaje de
subvención máximo (%) |
cuantía máxima (€) |
Digitalización | 9 trabajadores o menos | 25.000 | 75 | 50.000 |
Entre 10 y 49 trabajadores | 50.000 | 50 | 50.000 | |
Entre 50 y 249 trabajadores | 100.000 | 25 | 50.000 |