INNOVACIÓN Y MEJORA DE EMPLEO INDUSTRIAL – ANDALUCÍA

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Hasta el 8 de noviembre de 2022

ORGANISMO

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. Junta de Andalucía

Se trata de una subvención a fondo perdido, para adoptar medidas para la innovación y mejora de la atención a la demanda y a la oferta de empleo en el sector industrial de Andalucía.

BENEFICIARIOS

  • Entidades Privadas
  • Entidades sin ánimo de lucro
  • Corporaciones Locales
  • Universidades
  • Otras entidades de Derecho Público

GASTOS SUBVENCIONABLES

  • Costes de personal. Con un límite máximo entre 32.135€ y 22.495€ dependiendo del nivel de la persona contratada.
  • Costes de desplazamiento, manutención y alojamiento del personal adscrito al proyecto.
  • Costes de desplazamiento, manutención y alojamiento de las personas participantes: serán subvencionables los gastos de las personas desempleadas participantes en las actuaciones piloto recogidas en los proyectos subvencionados, siempre y cuando el desarrollo del proyecto así lo requiera.
  • Costes del seguro de accidentes y de responsabilidad civil de las personas participantes: serán subvencionables los gastos derivados de la contratación de un seguro de accidentes y de responsabilidad civil de las personas desempleadas participantes en las actuaciones piloto recogidas en los proyectos subvencionados.
  • Costes de organización y gestión de eventos: serán subvencionables los gastos derivados de organización y gestión de eventos, tales como jornadas, seminarios, foros y/o reuniones en relación con la mejora de la empleabilidad conforme al proyecto aprobado por el Servicio Andaluz de Empleo. Con un límite máximo de 000€.
  • Costes de apoyo a la ejecución: serán subvencionables los gastos derivados de cualquier actividad directamente relacionada con la ejecución del proyecto aprobado por el Servicio Andaluz de Empleo, tales como encuestas, publicaciones, materiales de publicidad y/o difusión de las acciones subvencionadas, recursos y herramientas de tecnología de la información, análisis y/o estudios siempre y cuando no se encuentren incluidos en alguna de las restantes partidas de costes subvencionables. Con un límite máximo de los costes salariales.
  • Gastos generales: serán subvencionables los gastos generales de las entidades beneficiaras que, aunque no puedan vincularse directamente con la actividad subvencionada, se generan como consecuencia de la gestión, administración y ejecución del proyecto. Con un límite máximo del 15% de los gastos de personal.

 Serán imputables a esta partida los siguientes conceptos de gasto:

    1. Alquiler de edificios, mobiliario, enseres y equipos informáticos, quedando excluido el leasing y el renting.
    2. Bienes consumibles no amortizables.
    3. Amortización de equipos.
    4. Gastos Corrientes: tales como, luz, agua, telefonía, comunicación, calefacción, mensajería, limpieza y seguridad asociados a la ejecución de la actividad subvencionada.

CUANTÍA

La intensidad máximo será del 100%, de la actuación subvencionable.