INNOVACIÓN Y MEJORA DE EMPLEO INDUSTRIAL – ANDALUCÍA
PLAZO DE PRESENTACIÓN
Hasta el 8 de noviembre de 2022
ORGANISMO
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. Junta de Andalucía
Se trata de una subvención a fondo perdido, para adoptar medidas para la innovación y mejora de la atención a la demanda y a la oferta de empleo en el sector industrial de Andalucía.
BENEFICIARIOS
Entidades Privadas
Entidades sin ánimo de lucro
Corporaciones Locales
Universidades
Otras entidades de Derecho Público
GASTOS SUBVENCIONABLES
Costes de personal. Con un límite máximoentre 32.135€ y 22.495€ dependiendo del nivel de la persona contratada.
Costes de desplazamiento, manutención y alojamiento del personal adscrito al proyecto.
Costes de desplazamiento, manutención y alojamiento de las personas participantes: serán subvencionables los gastos de las personas desempleadas participantes en las actuaciones piloto recogidas en los proyectos subvencionados, siempre y cuando el desarrollo del proyecto así lo requiera.
Costes del seguro de accidentes y de responsabilidad civil de las personas participantes: serán subvencionables los gastos derivados de la contratación de un seguro de accidentes y de responsabilidad civil de las personas desempleadas participantes en las actuaciones piloto recogidas en los proyectos subvencionados.
Costes de organización y gestión de eventos: serán subvencionables los gastos derivados de organización y gestión de eventos, tales como jornadas, seminarios, foros y/o reuniones en relación con la mejora de la empleabilidad conforme al proyecto aprobado por el Servicio Andaluz de Empleo. Con un límite máximo de 000€.
Costes de apoyo a la ejecución: serán subvencionables los gastos derivados de cualquier actividad directamente relacionada con la ejecución del proyecto aprobado por el Servicio Andaluz de Empleo, tales como encuestas, publicaciones, materiales de publicidad y/o difusión de las acciones subvencionadas, recursos y herramientas de tecnología de la información, análisis y/o estudios siempre y cuando no se encuentren incluidos en alguna de las restantes partidas de costes subvencionables. Con un límite máximo de los costes salariales.
Gastos generales: serán subvencionables los gastos generales de las entidades beneficiaras que, aunque no puedan vincularse directamente con la actividad subvencionada, se generan como consecuencia de la gestión, administración y ejecución del proyecto. Con un límite máximo del 15% de los gastos de personal.
Serán imputables a esta partida los siguientes conceptos de gasto:
Alquiler de edificios, mobiliario, enseres y equipos informáticos, quedando excluido el leasing y el renting.
Bienes consumibles no amortizables.
Amortización de equipos.
Gastos Corrientes: tales como, luz, agua, telefonía, comunicación, calefacción, mensajería, limpieza y seguridad asociados a la ejecución de la actividad subvencionada.
CUANTÍA
La intensidad máximo será del 100%, de la actuación subvencionable.