INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE RECARGA PARA VEHÍCULOS ELÉCTRICOS (CAMBIA 360) – 2023

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Hasta el 24 de noviembre de 2023 o hasta agotamiento de crédito presupuestario

ORGANISMO

Ayuntamiento de Madrid. Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad

Subvenciones en concurrencia competitiva destinadas a la instalación de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos (Cambia 360) para reducir las emisiones de elementos contaminantes y mejorar la eficiencia energética que genera el sector del tráfico rodado en la ciudad de Madrid.

BENEFICIARIOS

Ámbito 1 – Dirigidas a empresas y profesionales autónomos

Ámbito 1.1: Profesionales autónomos o personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo Número de Identificación Fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, N, R o W. Estarán dados de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores y su actividad deberá estar incluida en el Grupo 721 (Transporte de viajeros), Grupo 722. (Transporte de mercancías por carretera), o Grupo 854 (Alquiler de automóviles sin conductor)

Ámbitos 1.2. y 1.3: Personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo Número de Identificación Fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, N, R o W.

 

Ámbito 2 – Destinadas a aparcamientos de uso residencial

Ámbito 2.1. Las comunidades de propietarios, reguladas por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, que habrán de cumplir con lo previsto en la LGS, y en particular con lo establecido en su artículo 11.3, titulares de aparcamientos o estacionamientos colectivos en edificios existentes de régimen de propiedad horizontal, o comunidades de bienes.

Ámbito 2.2. Concesionarios o comunidades de usuarios de aparcamientos públicos de titularidad municipal para uso residencial (PAR).

 

GASTOS SUBVENCIONABLES

  1. El proyecto, la obra civil, costes de ingeniería y dirección de obra del cableado y su instalación desde el cuadro eléctrico final del que deriva el circuito hasta el punto de conexión donde se conecta el vehículo para su recarga. b) La estación o estaciones de recarga.
  2. El sistema de pago integrado en la estación de recarga. d) La señalización de las estaciones de recarga. e) El sistema de gestión, control y seguridad.
  3. Los gastos que el solicitante pudiera satisfacer a una empresa o profesional por llevar a cabo la gestión administrativa y documental de su solicitud.

CUANTÍA

ÁMBITOS:

Ámbito 1.1. Recarga en zonas de estacionamiento destinadas a vehículos de profesionales autónomos, flotas privadas y de servicio público, estando la infraestructura de recarga asociada a la distribución urbana de mercancías, los servicios de taxi y de arrendamiento de vehículos con conductor, las plataformas y sistemas de vehículos compartidos.

Ámbito 1.2. Recarga de acceso público del sector no residencial (aparcamientos de uso público rotacional, hoteles, centros comerciales, universidades, hospitales, polígonos industriales, centros deportivos, etc.).

Ámbito 1.3. Recarga de acceso privado en zonas de estacionamiento de empresas (personas jurídicas) para dar servicio a sus trabajadores y clientes.

Ámbito 2.1. Preinstalaciones o instalaciones de infraestructura de recarga de baterías de vehículos eléctricos, en el caso de aparcamientos o estacionamientos colectivos en edificios existentes de régimen de propiedad horizontal en comunidad de propietarios, o comunidades de bienes.

Ámbito 2.2. Preinstalaciones o instalaciones de infraestructura de recarga de baterías de vehículos eléctricos, en el caso de aparcamientos públicos para residentes de titularidad municipal (PAR).

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