Ayudas de efecto incentivador, de concesión directa mediante convocatoria abierta, para la internacionalización de la empresa extremeña y la mejora de las condiciones de comercialización exterior
-Pymes
-Asociaciones empresariales
-Comunidades de bienes
Siempre que ejerzan una actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Deberán desarrollar en Extremadura actividades de transformación, de fabricación, de construcción, de instalación y de producción, así como de comercio al por mayor y de servicios, excluidos los de intermediación
ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES
Serán subvencionables los proyectos integrales de internacionalización, los planes de acción exterior o las operaciones puntuales que encuadren una o varias de las actividades siguientes:
La inversión mínima subvencionable habrá de alcanzar la cantidad de 1.000 € (IVA excluido).
Los gastos serán elegibles cuando correspondan a actividades iniciadas y ejecutadas con posterioridad a la presentación de la solicitud de ayuda
