Se trata de una subvención a fondo perdido, para proyectos de inversión empresarial que se lleven a cabo dentro del ámbito territorial del Principado de Asturias.
TIPOS DE PROYECTOS SUBVENCIONABLES
Tipo de proyectos para PYMES | Tipo de proyectos para Grandes Empresas |
“Inversión inicial” | “Inversión inicial a favor de una nueva actividad económica” |
a) la inversión en activos materiales e inmateriales relacionados con: | |
la creación de un nuevo establecimiento. | la creación de un nuevo establecimiento. |
La diversificación de la producción de un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el mismo; siempre que los costes subvencionables superen como mínimo el 200% del valor contable del inmovilizado material que se reutiliza, registrados en el ejercicio fiscal anterior al inicio de los trabajos. | La diversificación de la actividad de un establecimiento, siempre y cuando la nueva actividad no sea una actividad idéntica o similar a la realizada anteriormente en el establecimiento; siempre que los costes subvencionables superen como mínimo el 200% del valor contable del inmovilizado material que se reutiliza, registrados en el ejercicio fiscal anterior al inicio de los trabajos. |
La ampliación de la capacidad de un establecimiento existente. | |
Una transformación fundamental del proceso global de producción de un establecimiento existente, siempre que los costes subvencionables superen la amortización del inmovilizado material, relativo a la actividad que se va a modernizar, en los tres ejercicios fiscales anteriores. | |
b) la adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento que ha cerrado o que habría cerrado si no hubiera sido adquirido y que es comprado por un inversor no vinculado al vendedor. | |
La mera adquisición de las acciones de una empresa no se considerará inversión inicial. |
Siempre y cuando la nueva actividad que vaya a realizarse utilizando los activos adquiridos no sea la misma actividad o una actividad similar a la realizada en el establecimiento con anterioridad a la adquisición.
La mera adquisición de las acciones de una empresa no se considerará inversión inicial. |
El importe de la inversión deberá ser igual o superior a 50.000€ y no debe superar los 2.500.000 €
Tipo de empresa | Máx. ayuda |
Pequeñas empresas | 35% |
medianas empresas | 25% |
Grandes empresas | 15% |