Subvenciones en condición directa a proyectos de inversión para la mejora de la competitividad de las empresas de La Rioja.
Empresas cuya actividad esté encuadrada en alguno de los siguientes CNAE:
Cuando el beneficiario sea una empresa de nueva creación o una empresa de hasta diez trabajadores podrán acogerse a las subvenciones las PYMES industriales, extractivas y/o transformadoras de servicios, así como el comercio mayorista y la venta y reparación de vehículos con algunas excepciones.
INVERSIONES SUBVENCIONALES
-Adquisición por compraventa de terrenos clasificados como suelo urbano consolidado y calificados como suelo industrial por el Plan General Municipal o en las normas subsidiarias de planeamiento del municipio, siempre que la solicitud incluya un proyecto de inversión subvencionable en dicho terrero.
Se subvencionará el 100% de la superficie adquirida. El precio máximo subvencionable será de 70 €/m2
-La adquisición de naves o locales.
-La construcción de nuevos bienes inmuebles, así como la modernización, mejora o reforma de nuevos emplazamientos donde la empresa no desarrollaba previamente su actividad, incluso en aquellos casos en los que el local sea propiedad de terceros.
-Instalaciones técnicas, distintas de las instalaciones eléctricas de baja tensión y fontanería incluidas en las actuaciones previstas en el apartado anterior.
-Adquisición de maquinaria y bienes de equipos nuevos.
-Adquisición de equipos informáticos nuevos, incluidos los programas informáticos, cuando estén vinculados exclusivamente al funcionamiento de maquinaria y/o instalaciones.
-Honorarios de proyectos y dirección de obra.
PYMES:
El proyecto de inversión subvencionable deberá ser igual o superior a 50.000€ salvo para empresas de nueva creación que deberá ser igual o superior a 20.000€
GRANDES EMPRESAS:
El proyecto de inversión subvencionable deberá ser igual o superior a 500.000€.
Únicamente serán subvencionables las inversiones realizadas para crear una nueva actividad económica.
PYMES:
La intensidad de la ayuda será del 20% del coste subvencionable en el caso de pequeñas empresas y del 10% en el caso de medianas empresas.
GRANDES EMPRESAS:
La intensidad de la ayuda será del 10%