Inversiones en los centros especiales de empleo

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Hasta el 15 de julio de 2024

ORGANISMO

Consejería de Industria, Comercio y Empleo

Financiación de inversiones fijas en los centros especiales de empleo vinculadas a la creación de empleo indefinido en el mercado de trabajo protegido, tanto por las nuevas contrataciones

con carácter indefinido como por la transformación de contratos de duración determinada en indefinidos que se realicen con personas con discapacidad.

BENEFICIARIOS

Centros Especiales de Empleo que figuren inscritos en el Registro de centros especiales de empleo de la Comunidad de Castilla y León, desarrollen su actividad en la misma, y cumplan el requisito del porcentaje mínimo de personas trabajadoras con discapacidad

Deberán cumplir las siguientes obligaciones:

  • Mantener el empleo de las contrataciones indefinidas o transformaciones de contratos indefinidos objeto de la subvención por un período mínimo de 3 años
  • Cada contratación indefinida incentivada deberá suponer un incremento neto de la plantilla fija de las personas trabajadoras con discapacidad del centro especial de empleo

GASTOS SUBVENCIONABLES

  • Acondicionamiento de locales de uso exclusivo para el ejercicio de la actividad del centro especial de empleo. No se incluyen dentro de este apartado los gastos realizados con ocasión del mantenimiento de las
  • Adaptación de las
  • Vehículos para el transporte de las personas trabajadoras con discapacidad al lugar de trabajo y para el desarrollo de la
  • Maquinaria y
  • Equipos y programas informáticos, así como la adaptación necesaria de estos para su uso por las personas con discapacidad del centro.
  • Equipos de oficina

Para determinar la subvención no se tendrá en cuenta la adquisición por contrato de arrendamiento financiero ni por otras figuras jurídicas similares que no concedan al centro de empleo solicitante el pleno dominio o la titularidad inicial de la inversión

CUANTÍA

La subvención podrá alcanzar hasta el 75% de la inversión realizada excluidos impuestos con los siguientes límites:

La cuantía de la subvención será la siguiente:

  • De 15000 € por cada puesto de trabajo generado a través de una contratación indefinida o de la transformación en indefinido de una contratación temporal o de duración determinada de una persona con discapacidad que presente mayor dificultad de acceso al mercado de trabajo.
  • De 9000 € por cada puesto de trabajo generado a través de una contratación indefinida o de la transformación en indefinido de una contratación temporal o de duración determinada de una persona con discapacidad no incluida en el párrafo anterior.

 

  • Para todos los supuestos, cuando se trate de una contratación indefinida inicial, la persona contratada deberá figurar inscrita previamente como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo.
  • Cuando la jornada sea inferior a la establecida legalmente o por convenio, las cuantías previstas en el apartado anterior, se reducirán proporcionalmente en función de la jornada realizada.