Se trata de una subvención a fondo perdido, para inversiones destinadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas y al fomento de la calidad agroalimentaria en la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha
Personas físicas o jurídicas, titulares de empresas agroalimentarias localizadas en Castilla La Mancha tras la ejecución de un proyecto de inversión, y dedicadas a:
a) La transformación y/o comercialización de productos agrícolas, y/o
b) La transformación y/o comercialización de productos alimentarios, siempre y cuando dichas industrias agroalimentarias estén ubicadas en el medio rural de Castilla-La Mancha. En el sector vitivinícola, para proyectos de inversión solicitada igual o superior a 100.000 euros, solo podrán ser personas beneficiarias las entidades de carácter asociativo (cooperativas, sociedades agrarias de transformación, Eapir) que sean empresas de categoría no pyme.
Serán subvencionables las siguientes inversiones y gastos:
a) Inversiones en obra civil:
b) Inversiones en maquinaria y bienes de equipo:
c) Costes generales vinculados a los gastos contemplados en las letras a) y b) anteriores, y relacionados con el proceso de transformación y/o comercialización objeto de la ayuda:
d) Inversiones intangibles:
Las ayudas adoptarán la modalidad de reembolso de los costes subvencionables efectuados efectivamente por la persona beneficiaria, y consistirán en una subvención de capital a la inversión limitada en los porcentajes máximos:
1- Proyectos de inversión que afecten a la transformación y/o comercialización de productos agrícolas, los porcentajes máximos de ayuda son:
Persona beneficiaria de categoría pyme
La ayuda máxima será del 45% del Presupuesto Subvencionable del proyecto de inversión.
Excepción: La ayuda máxima será del 50% del Presupuesto Subvencionable del proyecto de inversión para aquellas personas beneficiarias que sean:
– Eapir reconocidas para el producto objeto de la solicitud de ayuda
– Entidades que integran Eapir reconocidas para el producto objeto de la solicitud de ayuda
– Entidades que formen parte de EAP reconocidas para el producto objeto de la solicitud de ayuda
– APPaa reconocidas para el producto objeto de la solicitud de ayuda
– Entidades que integran APPaa reconocidas para el producto objeto de la solicitud de ayuda
Persona beneficiaria de categoría no pyme
La ayuda máxima será del 25% del Presupuesto Subvencionable del proyecto de inversión.
Excepción: La ayuda máxima será del 50% del Presupuesto Subvencionable del proyecto de inversión para aquellas personas beneficiarias que sean:
– Eapir reconocidas para el producto objeto de la solicitud de ayuda
– Entidades que integran Eapir reconocidas para el producto objeto de la solicitud de ayuda
– Entidades que formen parte de EAP reconocidas para el producto objeto de la solicitud de ayuda
2- Proyectos de inversión que afecten a la transformación y/o comercialización de productos alimentarios, los porcentajes máximos de ayuda son:
Persona beneficiaria de categoría pyme
La ayuda máxima será del 35% del Presupuesto Subvencionable del proyecto de inversión.
Excepción: La ayuda máxima será del 40% del Presupuesto Subvencionable del proyecto de inversión para aquellas personas beneficiarias que sean:
– Eapir reconocidas para el producto objeto de la solicitud de ayuda
– Entidades que integran Eapir reconocidas para el producto objeto de la solicitud de ayuda
– Entidades que formen parte de EAP reconocidas para el producto objeto de la solicitud de ayuda
Persona beneficiaria de categoría no pyme
La ayuda máxima será del 25% del Presupuesto Subvencionable del proyecto de inversión.
Excepción: La ayuda máxima será del 30% del Presupuesto Subvencionable del proyecto de inversión para aquellas personas beneficiarias que sean:
– Eapir reconocidas para el producto objeto de la solicitud de ayuda
– Entidades que integran Eapir reconocidas para el producto objeto de la solicitud de ayuda
– Entidades que formen parte de EAP reconocidas para el producto objeto de la solicitud de ayuda
Persona beneficiaria de categoría no pyme
La ayuda máxima será del 25% del Presupuesto Subvencionable del proyecto de inversión.
Excepción: La ayuda máxima será del 30% del Presupuesto Subvencionable del proyecto de inversión para aquellas personas beneficiarias que sean:
– Eapir reconocidas para el producto objeto de la solicitud de ayuda
– Entidades que integran Eapir reconocidas para el producto objeto de la solicitud de ayuda
– Entidades que formen parte de EAP reconocidas para el producto objeto de la solicitud de ayuda
El porcentaje de ayuda posible a cada proyecto será el resultado de la suma de un porcentaje de ayuda base según las características del solicitante (tamaño de empresa y carácter asociativo de la misma) y uno o varios porcentajes de ayuda según las características del proyecto.