Inversiones MEJORA LUGARES DE TRABAJO Castilla y León

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde 28 enero 2026 hasta 28 febrero de 2026

ORGANISMO

Consejería de Industria, Comercio y Empleo

Se trata de ayudas a fondo perdido, de concesión directa, para la mejora de los lugares de trabajo de centros de la Comunidad de Castilla y León.

BENEFICIARIOS

  • Personas físicas o jurídicas
  • Comunidad de bienes
  • Entidades sin personalidad jurídica

Todas ellas con ánimo de lucro

GASTOS SUBVENCIONABLES

LINEAS DE ACTUACIÓN

Las inversiones cuya necesidad preventiva haya quedado reflejada en la Evaluación de Riesgos de la empresa y se haya recogido en la Planificación de la Actividad Preventiva.

 

Inversiones destinadas a ofrecer seguridad frente a los riesgos presentes en los lugares de trabajo teniendo en cuenta las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo:

a) En las condiciones constructivas:

  • Suelos, aberturas, desniveles, y barandillas.
  • Tabiques, ventanas y vanos.
  • Vías de circulación internas.
  • Puertas y portones. La sustitución de portones será objeto de subvención siempre y cuando el nuevo portón disponga de marcado CE y cumpla con la normativa de aplicación.
  • Rampas, escaleras fijas y de servicio.
  • Adaptaciones para trabajadores con discapacidad

 

b) La iluminación de los lugares de trabajo cerrados conforme a la normativa vigente.

c) Las condiciones ambientales de los lugares de trabajo cerrados conforme a la normativa vigente.

Inversiones en los servicios higiénicos, locales de descanso y locales de primeros auxilios de los lugares de trabajo

  • En los vestuarios, duchas, lavabos y retretes.
  • En los locales de descanso.
  • En los locales de primeros auxilios.

Inversiones encaminadas a la adopción de las medidas previstas en el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo

CUANTÍA

La cuantía de la subvención será el 85% de los gastos que se consideren subvencionables hasta un máximo de 30.000€ por centro de trabajo.

Los gastos subvencionables deberán ser efectuados entre el día entre el día 1 de agosto de 2025 y el día 31 de julio de 2026, incluyendo pagos