Se trata de un préstamo, para ampliación y renovación de las instalaciones, maquinaria y equipos, y el sostenimiento del capital circulante de la empresa, incluyendo la contratación de mano de obra, la adquisición de bienes y servicios ligados al ciclo de la explotación, la financiación de clientes, la inversión en existencias y tesorería operativa de la empresa, así como la cancelación de la deuda a corto plazo de naturaleza comercial y financiera, en la Comunidad Valenciana.
Para la adquisición o elaboración propia de activos fijos de naturaleza material o inmaterial, el valor nominal del préstamo no podrá superar, en ningún caso, el 80 % del valor de la inversión realizada, No obstante, el préstamo del IVF podrá financiar hasta el 100 % del valor de las cuotas participativas necesarias para contratar, si procede, el aval de una SGR como garantía de la operación, con un límite máximo no superior en ningún caso a:
Plazo de vencimiento: entre 4 y 10 años.
Periodo de carencia: 2 años incluido en el plazo.
Tipo de interés suma del tipo de interés EURIBOR a un año, con límite inferior 0 %, y el margen de riesgo de crédito, que se determinará atendiendo a la tabla siguiente:
Se añadirán dos puntos porcentuales al tipo de interés resultante de aplicar la tabla anterior.
Para el sostenimiento del capital circulante de la empresa, el valor nominal del préstamo no podrá ser superior a:
Plazo de vencimiento: entre 2 y 5 años.
Periodo de carencia: sin limitaciones, pudiendo incluso el IVF plantear operaciones «bullet», con reembolso del 100 % del principal en la última cuota trimestral del préstamo.
Tipo de interés suma del tipo de interés EURIBOR a un año, con límite inferior 0 %, y el margen de riesgo de crédito, que se determinará atendiendo a la tabla siguiente:
No obstante lo anterior, en operaciones financieras con aval de AFIN-SGR por el 100 % de los intereses ordinarios y el valor nominal del préstamo, el margen sobre el EURIBOR a un año se situará en el 1,5 %.