Se trata de ayudas, para financiar actividades empresariales y/o inversiones, necesidades de circulante o gastos generales de la actividad de la empresa fuera de España.
Pueden solicitar esta financiación autónomos, emprendedores, empresas y entidades públicas y privadas, tanto las domiciliadas en España como las domiciliadas en el extranjero que cuenten al menos con un 30% de capital de empresa española o “interés español” para implantar o desarrollar actividades empresariales y/o inversión o atender las necesidades de liquidez en el exterior.
Para operaciones de Exportación a Medio y Largo Plazo, podrán solicitar financiación:
La financiación podrá destinarse a:
Inversión y Liquidez: Actividades empresariales y/o inversión, necesidades de circulante o gastos generales de la actividad de la empresa fuera de España.
Exportaciones a medio y largo plazo:
El cliente y la Entidad de Crédito acordarán las condiciones de la operación que formalicen: tipo de interés, plazos de amortización y carencias, etc.
No se establece importe máximo por cliente.
COMISIONES: La Entidad Financiera Internacional aplicará las comisiones que estime oportunas.
GARANTÍAS: La Entidad de Financiera Internacional solicitará las garantías que estime oportunas.