Subvenciones en concurrencia competitiva dirigidas a la consolidación de las empresas sevillanas
Línea 1: Ayudas destinadas a incentivar la inversión de empresas sevillanas
Línea 2: Ayudas destinadas a incentivar la inversión en establecimientos emblemáticos de la ciudad de Sevilla
Empresas con domicilio fiscal y de actividad de la entidad en el municipio de Sevilla debiendo disponer de un local de negocio afecto a la actividad y que conste en el certificado de situación censal
En la línea 2, las empresas deberán de disponer del distintivo “Establecimientos Emblemáticos de la ciudad de Sevilla”
-Rehabilitación y adecuación del local donde se vaya a desarrollar la actividad empresarial, incluidos los honorarios técnicos de redacción de proyectos, dirección de obra y estudio de seguridad y salud.
-Instalaciones técnicas del local de negocio
-Bienes de equipo de procesos y auxiliares (maquinaria)
-Adquisición de mobiliario y otro equipamiento del local de negocio
-Equipos informáticos y software de desarrollo a medida, no licencias de uso de software.
-Inversiones en otros activos fijos materiales necesarios para el desarrollo de la actividad empresarial
-Inversiones en activo fijo inmaterial consistentes en la adquisición de patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos patentados
El importe de las ayudas podrá alcanzar.
Línea 1: Hasta el 80% de los costes de la inversión subvencionable, con un límite de 6.000 €.
Línea 2: Hasta el 100% de coste de la inversión subvencionable, con un límite de 6.000 €.